¡Tramite o renueve aquí su nuevo pase laboral y vehicular!

Si necesitas trabajar durante la inmovilización social obligatoria, debes solicitar un Pase laboral. En caso tus funciones lo requieran, tendrás la opción de pedir un permiso para usar tu vehículo personal (auto o moto).

Desde el 31 de enero hasta el 14 de febrero, puedes solicitarlo en los siguientes casos:

Zonas con nivel de alerta extremo (Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac, Lima Región, Lima Metropolitana y Callao), durante todo el día.

Zonas con nivel de alerta muy alto (Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna), desde las 8:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.

Zonas con nivel de alerta alto (Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali y Madre de Dios), desde las 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.

Solo puedes pedirlo si cumples alguna de las siguientes labores:

Alimentos:

  • Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos.

Farmacéuticos y primera necesidad:

  • Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

Agricultura:

  • Todas las actividades de agricultura, pecuario, caza y silvicultura, insumos y servicios conexos.

Pesca y acuicultura:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Construcción:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
  • Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.

Servicios públicos:

  • Evacuación de aguas residuales.
  • Tratamiento de agua potable, residuales y evacuación.
  • Captación, tratamiento y distribución de agua.
  • Actividades de prevención de riesgos de desastres.
  • Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios de reciclaje.
  • Actividades de envase y empaque.
  • Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
  • Servicios de almacenamiento en general.
  • Actividades para la organización de procesos electorales.
  • Actividades de transporte para la continuidad de servicios públicos (agua saneamiento, gas, entre otros).

Servicio técnico:

  • Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
  • Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
  • Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
  • Servicios notariales.

Servicio profesional:

  • Actividades jurídicas. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
  • Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
  • Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
  • Actividades de las sedes centrales.
  • Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.
  • Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata.

Salud:

  • Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.

Finanzas:

  • Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas.

Transporte:

  • Actividades de servicios vinculadas al transporte férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de caudales.
  • Servicio de transporte terrestre regular de ámbito provincial.
  • Servicio de transporte terrestre especial de personas en la modalidad de taxi.
  • Servicios de transporte terrestre de trabajadores en todos los ámbitos.
  • Servicio de transporte terrestre de personas en vehículos menores.
  • Servicios de transporte.

Transporte aéreo:

  • Actividades aeronáuticas no comerciales.
  • Actividades relacionadas al transporte aéreo.
  • Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo.
  • Traslado aéreo desde y hacia el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, no incluye a los departamentos de Huánuco y Junín.

Carga:

  • Transporte de carga, mercancías, encomiendas, mudanzas y caudales, en todas sus modalidades y actividades conexas.

Seguridad:

  • Actividades de seguridad privada.
  • Actividades de servicio de sistemas de seguridad.»

Asistencia:

  • Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

Delivery:

  • Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos.
  • Restaurantes y afines.
  • Tiendas de abastecimientos de productos básicos, supermercados, bodegas y farmacias.
  • Actividades postales y de mensajería.

Comercio:

  • Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
  • Servicios de transporte, distribución y venta de medios de comunicación impresos.
  • Entrega de inmuebles y servicios post venta.
  • Puntos de venta de servicios de telecomunicaciones ubicados en supermercados, mercados, bodegas y farmacias.

Hoteles:

  • Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turísticos.
  • Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.

Minería:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Telecomunicaciones:

  • Medios de comunicación.
  • Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
  • Servicios vinculados a telecomunicaciones (incluida la radiodifusión), como instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de redes para servicios públicos de telecomunicaciones.
  • Actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y satélite, otras actividades de telecomunicación y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas NCP (como por ejemplo los proveedores de infraestructura pasiva).
  • Servicios de infraestructura en telecomunicaciones: instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura y redes para servicios públicos de telecomunicaciones.
  • Diseño, instalación, implementación, operación y mantenimiento de los proyectos públicos y privados de redes de telecomunicaciones y de infraestructura de radiodifusión.
  • Servicios de telecomunicaciones: con alcance a las empresas operadoras de telecomunicaciones, así como a los contratistas y proveedores de dichas operadoras; además, es aplicable para el trabajo administrativo en centrales de monitoreo-NOC, call centers, instalación de servicios o atención de averías, actividades de venta y delivery.»

Control:

  • Trabajo en el cumplimiento de las funciones de control vinculadas con la emergencia sanitaria por el COVID-19 en el marco de la Ley Nº 31016, se exceptúa al personal de la Contraloría General de la República, de los Órganos de Control Institucional, de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL ya los inspectores de trabajo de los Gobiernos Regionales.

Sector público:

  • Trabajo en el sector público y presto servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

Comercio electrónico:

  • Trabajo en servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo, debiendo cumplir las normas sanitarias que emite la Autoridad Nacional de Salud.

Hidrocarburos y energía:

  • Todas las actividades de hidrocarburos y energía, insumos y servicios conexos.

Manufactura primaria y no primaria:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Servicios de inspección técnica:

  • Centros de Inspección Técnica Vehicular, entidades que emiten Certificados de conformidad de vehículos, centros de revisión periódica de cilindros, certificados y talleres de conversión de GNV y GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje.

Industrias:

  • Pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, calzado, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos, actividades de impresión y servicios relacionados.
  • Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.
  • Reparación y mantenimiento de equipo de transporte, otros equipos NCP, excepto vehículos automotores.
  • Fabricación de armas y municiones, fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa, fabricación de vehículos militares de combate.

Actividades deportivas:

  • Actividades deportivas federadas, entre las que se encuentran el fútbol profesional, bajo protocolos aprobados por el Instituto Peruano del Deporte en coordinación con el Ministerio de Salud. La práctica de cualquiera de estas actividades deberá realizarse sin público en los escenarios deportivos.

Construcción de vías:

  • Construcción, mantenimiento, mejoramiento y conservación rutinaria y periódica de vías nacionales, departamentales y locales (líneas de ferrocarril, proyectos de servicio público, obras de ingeniería civil y construcción).

Entretenimiento

  • Trabajo en museos, monumentos arqueológicos, cines, teatros, espacios de enseñanza cultural, gimnasios y casinos.

Materiales educativos:

  • Trabajo en servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos; el almacenamiento, transporte, preparación y / o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar, así como la adquisición, transporte y distribución de insumos para mantenimiento de infraestructura y de equipamiento menor (kits de higiene) para la prevención del COVID-19, en los niveles educativos que corresponda. Todo ello, conforme a las disposiciones del Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y según los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud.

Las actividades relacionadas a servicios de inspección técnica, industrias, actividades deportivas, construcción de vías, entretenimiento y materiales educativos no están disponibles en las regiones con nivel de alerta extremo. Mientras que el servicio de entretenimiento no está disponible para regiones de riesgo muy alto.

En el caso de traslado de personas que requieren atención médica de emergencia o control médico, no es necesario solicitar este pase.

Los datos ingresados en el formulario deben ser verdaderos y autorizan a la Policía Nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas a hacer la validación correspondiente. Además, pueden solicitarte documentación adicional para validar la veracidad de la información y, si lo creen conveniente, pueden negarte el permiso. Si verifican que tu información es falsa, incurres en un delito con consecuencias penales (protocolo aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 304-2020-IN).

Solicita aquí: 

Pase laboral cuarentena focalizada
Clic en la imagen para solicitarlo.








[Actualizado 15.1.2021]

Si necesitas trabajar durante la inmovilización social obligatoria, debes solicitar un pase laboral aquí https://paselaboral.servicios.gob.pe/. En caso tus funciones lo requieran, tendrás la opción de pedir un permiso para usar tu vehículo personal (auto o moto).

Desde el 15 de enero hasta el 31 de enero, puedes solicitarlo en los siguientes casos:

– De lunes a sábado de 7 p. m. a 4 a. m. y domingo todo el día hasta las 4 a. m. del día siguiente en Ancash, Ica, Junín, Lambayeque, Lima Regiones, Piura y Tacna.

– De lunes a sábado de 9 p. m. a 4 a. m. y domingo todo el día hasta las 4 a. m. del día siguiente en Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Provincia del Callao, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima Metropolitana, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes.

– De lunes a domingo de 11 p. m. a 4 a. m. en el resto del país.

Solo puedes pedirlo si cumples alguna de las siguientes labores:

– Alimentos: trabajo en producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de alimentos, incluye también la elaboración de bebidas de malta y cerveza, vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco, y alimentos preparados para animales.

– Delivery: trabajo en farmacias autorizadas y servicios de restaurante para entrega a domicilio (delivery). Trabajadores de restaurantes.

– Salud: trabajo en un centro o establecimiento de salud o diagnóstico. Incluye los servicios de apoyo al diagnóstico, odontología, oftalmología, rehabilitación, reproducción humana, veterinarias, entre otros servicios médicos diferentes a los relacionados con la atención de la emergencia sanitaria producida por el covid-19, debiendo observar los protocolos sanitarios que establece la Autoridad Nacional de Salud.

– Farmacéuticos y primera necesidad: trabajo en producción o abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad. Incluye farmacias, droguerías y boticas.

– Minería: trabajo en exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio y almacenamiento, transporte y cierre de minas en los casos de: mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento (s) minero (s) y/o acondicionaron componente (s) auxiliar (es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores; y pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente.

– Telecomunicaciones: trabajo en medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center de atención de emergencias) o servicios vinculados a telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas, por satélite. Incluye también actividades postales y de mensajería, así como servicios de apoyo a las empresas n.c.p.

– Control: cumplimiento de las funciones de control vinculadas con la emergencia sanitaria por el COVID-19 en el marco de la Ley Nº 31016, se exceptúa al personal de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional. Asimismo, se encuentra exceptuado el personal de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral–SUNAFIL y los inspectores de trabajo de los Gobiernos Regionales.

– Servicios de inspección técnica: trabajo en Centros de Inspección Técnica Vehicular, entidades que emiten Certificados de conformidad de vehículos, centros de revisión periódica de cilindros, certificadoras y talleres de conversión de GNV y GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje.

– Agricultura: trabajo en producción, abastecimiento o distribución de insumos para la actividad agropecuaria, actividades de infraestructura agraria, venta o alquiler de maquinaria o servicios complementarios (incluyendo la comercialización de productos agrarios). Títulos habilitantes y actos administrativos, estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental, titulación de la propiedad agraria y catastro rural e implementación de planes de negocio.

– Industrias: trabajo en pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, calzado, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos, actividades de impresión y servicios relacionados. Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos. Reparación y mantenimiento de equipo de transporte, otros equipos n.c.p, excepto vehículos automotores. Fabricación de armas y municiones, fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa, fabricación de vehículos militares de combate.

– Construcción (general): trabajo en proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad, proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios, proyectos aprobados del sector Transportes y Comunicaciones, en una de las obras de saneamiento aprobadas, en uno de los proyectos inmobiliarios priorizados, proyectos de inversión pública o privada, asociaciones público privadas, proyectos en activos, IOARR, PIRCC, acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios, o industrias y servicios conexos a la construcción. Proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.

– Servicios públicos: trabajo en servicios de suministro de agua, alcantarillado, saneamiento, gestión de desechos, captación, tratamiento y distribución de agua y evacuación de aguas residuales, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, tecnología crítica indispensable y servicios funerarios.

– Servicio técnico y profesional: trabajo en la prestación de servicios como técnicos de informática, soporte de TI, notariales, actividades jurídicas, actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos, consultoría sobre dirección y gestión empresarial, actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico. Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades, asistencia social, actividades veterinarias, servicios de gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, reciclaje, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos (computadoras, equipos de comunicación, aparatos eléctricos de consumo, muebles y otros bienes personales). Servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías y servicios de limpieza o asistencia del hogar, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines. Servicios de edición de libros, directorios y otros servicios de edición. Servicios de producción, posproducción y distribución de películas, videocintas y programas tv. Servicio de grabación de sonido y edición de música. Servicios de análisis técnicos, investigación y desarrollo científicos, investigación de mercados y encuestas de opinión públicas. Servicios especializados de diseño, fotografía y otras actividades profesionales, científicas, técnicas. Servicio de alquiler y arrendamiento de equipos recreativos, deportivos, cintas de video, discos, otros bienes personales y enseres domésticos. Servicios de arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares. Agencias de empleos. Agencia de viajes y operadores turísticos. Servicios de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas. Servicios de apoyo especializado de oficinas administrativas y otras actividades empresariales. Actividades de bibliotecas y archivos, gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías. Trabajo en jardines botánicos, zoológicos y parques nacionales, incluidas áreas naturales (al 50% de su capacidad).

– Construcción de vías: construcción, mantenimiento, mejoramiento y conservación rutinaria y periódica de vías nacionales, departamentales y locales (líneas de ferrocarril, proyectos de servicio público, obras de ingeniería civil y construcción).

– Finanzas: trabajo en entidades financieras, seguros y pensiones o servicios complementarios y conexos a ellos.

– Transporte y carga: trabajo en transporte de carga y mercancías, y actividades conexas, mantenimiento de carreteras, atención de emergencias viales, servicios en la vía (grúa, ambulancia, auxilio mecánico, etc.), así como servicios logísticos de apoyo al transporte de carga. Incluye también aquellas actividades y/o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías. Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial privada para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería. Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático, emisión de placas y otras actividades de apoyo al transporte. Transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines, albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados. Emisión de brevetes, centros de evaluación, escuelas de conductores, transporte especial de personas (transporte turístico), transporte regular de personas y su infraestructura complementaria, transporte acuático de pasajeros por vía fluvial y lacustre (en ámbito nacional y regional), transporte de pasajeros por vía aérea, servicios relacionados con el transporte aéreo (traslado al aeropuerto), actividades destinadas a la atención de circuitos turísticos, actividades aeronáuticas no comerciales.

– Vigilancia y seguridad: trabajo en servicios de vigilancia y seguridad de empresa privada, y transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por la SUCAMEC. Incluye actividades de servicio de sistemas de seguridad e investigación.

– Asistencia: trabajo en asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, y pacientes que requieren asistencia médica en condición de dependencia. Será necesario que presentes una carta de la persona para la que prestas el servicio.

– Materiales educativos: trabajo en servicios necesarios para la distribución y transporte de materiales educativos; el almacenamiento, transporte, preparación y/o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar, así como la adquisición, transporte y distribución de insumos para mantenimiento de infraestructura y de equipamiento menor (kits de higiene) para la prevención del COVID-19, en los niveles educativos que corresponda. Todo ello, conforme a las disposiciones del Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y según los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud.

– Comercio: trabajo en venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, vehículos no motorizados y de sus partes, piezas y accesorios, repuestos y suministros. Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados, venta al por mayor y reparación de otros enseres domésticos y efectos personales. Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores, maquinaria y equipo y de bienes tangibles. Venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos.

– Comercio electrónico: trabajo en servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo, debiendo cumplir las normas sanitarias que emite la Autoridad Nacional de Salud.

– Restaurantes y hoteles: trabajo en un hotel, apart hotel, centro de alojamiento o restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local).

– Actividades deportivas: participo en actividades deportivas federadas, entre las que se encuentran el fútbol profesional; bajo protocolos aprobados por el Instituto Peruano del Deporte en coordinación con el Ministerio de Salud. La práctica de cualquiera de estas actividades deberá ser realizada sin público en los escenarios deportivos.

– Sector público: trabajo en el sector público y presto servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el covid-19

No es necesario solicitarlo si trabajas en los organismos del sistema electoral peruano: Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

Los datos ingresados en el formulario deben ser verdaderos y autorizan a la Policía Nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas a hacer la validación correspondiente. Además, pueden solicitarte documentación adicional para validar la veracidad de la información y, si lo creen conveniente, pueden negarte el permiso. Si verifican que tu información es falsa, incurres en un delito con consecuencias penales (protocolo aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 304-2020-IN).

Si ya cuentas con uno, puedes solicitar la renovación de tu pase laboral. En caso tu RUC no aparezca en el sistema o no puedes modificar tus datos, puedes escribir al correo [email protected] indicando tu nombre completo, número de documento, fecha de emisión y el problema que presentas.

Fuente: gob.pe


[Nota previa 15.1.2021.]  Las personas que trabajen en actividades esenciales deberán tramitar un nuevo pase vehicular y laboral para poder movilizarse en las regiones donde habrá restricción vehicular y peatonal los domingos, así como durante la inmovilización social obligatoria, según las nuevas medidas del Gobierno.

El pase laboral de trabajadoras y trabajadores de rubros esenciales y el pase vehicular se encuentran disponibles en la página web https://paselaboral.servicios.gob.pe/, a la que podrán acceder quienes deban trasladarse en vehículos particulares en los días antes señalados.

Cabe recordar que este trámite es para personas que trabajan en servicios públicos esenciales como abastecimiento de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones.

Asimismo, lo harán quienes laboren en actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos, además de vehículos particulares de personal médico, personal de enfermería, Cuerpo General de Bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.

También pueden solicitarlo el personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, automóviles particulares del Poder Legislativo, el Ministerio Publico, del personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como de servidoras y servidores de empresas de seguridad y servicios de farmacias y de restaurantes autorizados.

Durante los controles policiales, las y los trabajadores de todos estos rubros deberán mostrar su Documento Nacional de Identidad (DNI), así como una credencial o fotocheck, que los identifique como empleadas y empleados de alguna de estas instituciones y/o empresas.

Clic sobre la imagen para sacar pase personal laboral para las fechas festivas.

[Nota previa 30/12/2020]

Los ciudadanos que trabajen en actividades esenciales tendrán que tramitar un nuevo pase vehicular para poder movilizarse los días 31 de diciembre y 1 de enero, fechas en las cuales estará restringida la circulación de vehículos particulares, según lo dispuso el Gobierno, informó el Ministerio del Interior (Mininter).

Al igual que el pase laboral de trabajadores de rubros esenciales, el pase vehicular se encuentra disponible en el siguiente enlace, al que podrán acceder quienes deban trasladarse en vehículos particulares en los días festivos venideros.

Los pases laborales y vehiculares podrán ser tramitados por personas que trabajen en servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones.

De la misma forma, lo harán quienes laboren en actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos, además de vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.

Esta exigencia también comprende al personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del Poder Legislativo y Ministerio Publico.

Además, incluye a los vehículos del personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como de servidores de empresas de seguridad y servicios de farmacias y de restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio.

Durante los controles policiales, los trabajadores de todos estos rubros deberán mostrar su DNI, así como una credencial o fotocheck, que los identifique como empleados de alguna de estas instituciones y/o empresas.

El Mininter recordó que el pase laboral, así como el vehicular, será requerido durante los controles que realicen las fuerzas del orden a las medidas dispuestas para prevenir los contagios del covid-19, como ocurre durante el horario de inmovilización social obligatoria o toque de queda.

Los conductores que tramiten un pase vehicular y realicen una actividad distinta a la señalada en el documento serán multados con una multa de S/ 6450 y se les retendrá su licencia de conducir.

Similar sanción se aplicará a quienes transiten con su vehículo particular durante los días de restricción, así como en el horario de inmovilización social obligatoria.

Fuente: Andina


[Nota previa 23.12.2020]

Si bien el transporte privado estará restringido el 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero, los ciudadanos tienen la opción del transporte público para movilizarse durante esos días en caso sea necesario.

Transporte privado restringido

Como se recuerda, el 16 de diciembre el Gobierno anunció que no se permitirá la circulación de vehículos particulares en los días mencionados como una forma de desalentar las reuniones familiares de fin de año.

Solo podrán circular en unidades particulares quienes trabajen esos días en actividades esenciales, para lo cual deberán tramitar un pase laboral/vehicular en la web del Ministerio del Interior.  Este documento será requerido durante los controles que realicen las fuerzas del orden, tal como ocurre durante el toque de queda.

Clic sobre la imagen para sacar pase personal laboral para las fechas festivas.

¿Quiénes tramitan los pases?

De ese modo, los pases laborales y vehiculares podrán ser tramitados por personas que trabajen en servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones.

De la misma forma, lo harán quienes laboren en actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos, además de vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.

Esta exigencia también comprende al personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del Poder Legislativo y Ministerio Público.

Además, incluye a los vehículos del personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), así como de servidores de empresas de seguridad y servicios de farmacias y de restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio.

Los conductores que tramiten un pase vehicular y realicen una actividad distinta a la señalada en el documento serán multados con una multa de S/ 6,450 y se les retendrá su licencia de conducir.

Transporte público: horarios

Las personas que requieran movilizarse durante el 24 y 25 de diciembre podrán hacerlo únicamente en el servicio de transporte público, como buses, el Metro y el Metropolitano, además de taxis formales debidamente identificados.

De acuerdo con la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), el transporte regular en Lima y Callao brindará el servicio de 5 a. m. a 11 p.m.

Respecto al servicio de taxi, el horario será de 4 a. m. a 12 de la medianoche.

La Línea 1 del Metro de Lima y Callao funcionará el jueves 24 de 5 a. m. a 10 p. m. y el viernes 25 de 5:30 a. m. a 10 p.m.

Los Corredores Complementarios atenderán de 5 a. m. a 10 p. m.

El Metropolitano tendrá el siguiente horario:

24 de diciembre: Los regulares A, C y D funcionarán de 5:15 a. m. a 10 p. m.

Los expresos 1, 2, 3, y Súper Expreso Norte atenderán, en la mañana, de 5:15 a. m. a 10 a. m.

Los expresos 6, 7 y 9 funcionarán de 5:30 a. m. a 10 a. m.

El Súper Expreso operará de 6 a. m. a 10 a. m.

Los servicios expresos 1, 2, 3, Súper Expreso y Súper Expreso Norte adelantarán su horario de la tarde y operarán de 11 a. m. a 8:30 p. m.

El Expreso 5 ampliará su horario de cierre y funcionará de 10 a. m. a 9 p. m.

El regular B y el Expreso 8 quedan suspendidos por ese día.

Las rutas alimentadoras operarán con normalidad. (5:30 a. m. a 11 p. m.)

Fuente: Andina.

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