La Asociación Nacional de Magistrados del Perú interpuso una demanda de amparo contra el Ministerio Público y el Ministerio de Economía y Finanzas para lograr la nivelación remunerativa de los fiscales superiores, provinciales y adjuntos con los fiscales supremos, considerando la bonificación adicional de 4.5 UISP desde 2018.
El 06 de septiembre de 2024, se declaró fundada la demanda, en primera instancia, ordenando homologar las remuneraciones de los fiscales del primer, segundo y tercer nivel de la Carrera Fiscal.
El 31 de enero de 2025, se confirmó la sentencia en segunda instancia, disponiendo la homologación de sueldos y el pago de devengados e intereses legales. Además, se determinó que la Asociación Nacional de Magistrados del Perú será la única legitimada para ejecutar la sentencia y evitar retrasos en el proceso.
ASOCIACIÓN NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERÚ
PODER JUDICIAL – MINISTERIO PÚBLICO
INFORME
SOBRE EL EXPEDIENTE N° 3702-2023, PROCESO DE AMPARO SEGUIDO POR LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERÚ SOBRE NIVELACIÓN DE REMUNERACIONES EN FAVOR DE LOS FISCALES, INFORMAMOS LO SIGUIENTE:
1. Con fecha 06 de julio de 2023, la Asociación Nacional de Magistrados del Perú, en representación de nuestros asociados fiscales, interpuso demanda de amparo contra el Ministerio Público y el Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de que se otorgue la nivelación remunerativa a los fiscales superiores, provinciales y adjuntos sobre la bonificación adicional de 4.5 UISP percibida por los fiscales supremos, desde el 2018 a la fecha.
Inscríbete aquí Más información
2. Mediante Resolución N° 12, del 06 de setiembre de 2024, se declaró fundada la demanda y se ordenó que las entidades demandadas cumplan con realizar los actos pertinentes a fin de homologar las remuneraciones de los fiscales de primer, segundo y tercer nivel de la Carrera Fiscal.
3. El día de hoy, 31 de enero de 2025, se ha descargado en el SIJ, la Sentencia de Vista de fecha 31 de enero de 2025, que CONFIRMA la sentencia de primera instancia y dispone que las entidades demandadas cumplan con realizar los actos pertinentes a fin de homologar las remuneraciones de los fiscales de primer, segundo y tercer nivel de la Carrera Fiscal.
Más el pago de los devengados e intereses legales, que serán liquidados de manera individual en ejecución de sentencia, desde la data que se otorgó este beneficio a los Fiscales Supremos.
4. Asimismo, la Sala Superior ha dispuesto que los señores fiscales involucrados, estarán representados colectivamente por la Asociación Nacional de Magistrados del Perú, y se señala que esta es la única legitimada para la ejecución de la sentencia, a fin de evitar dilatar el normal desarrollo del proceso.
5. La Asociación Nacional de Magistrados del Perú, reafirma su compromiso de seguir velando por el respeto irrestricto de los derechos de los Magistrados (Jueces y Fiscales) a nivel nacional y supranacional, y en ese orden, muy respetuosamente invoca a todos los magistrados del país, sin excepción a la unidad. Así mismo, expresa un sincero reconocimiento a los señores jueces constitucionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, que con sapiencia y firmeza han expedido sus resoluciones en mérito a lo actuado, en justicia y total apego a la Constitución.
Lima, 31 de enero de 2025

![Peculado: La mera diferencia de costos o la generación de un «saldo favorable» no equivale, per se, la apropiación de un caudal público [RN 38-2025, Loreto, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema apunta requisitos de procedencia de la solicitud de extradición activa [Extradición activa 16-2026, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cómputo del plazo de la prescripción de la acción civil rige desde la fecha de vencido el plazo para que el fiscal la impugne la resolución que declaró extinguida, por prescripción, la acción penal [Apelación 78-2025, Puno, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Los miembros de un consorcio pueden ser sancionados por información inexacta aunque solo uno haya presentado los documentos [Res. 2150-2026-TCP-S4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)


![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![Contrato de suplencia es fraudulento cuando el trabajador no realiza las labores del trabajador al que supuestamente sustituye [Exp. 04386-2013-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Decisiones de Sunafil no obligan al Poder Judicial a pronunciarse en el mismo sentido [Casación Laboral 4517-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)



![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
![Minedu dispuso el retorno a la presencialidad en colegios de Lima y Callao [RV 035-2026-Minedu]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/clases-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VÍDEO] ¿Existe un derecho a desacatar un mandato judicial? Abanto defiende a Cerrón ante el TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_audiencia-de-abanto_LP-218x150.jpg)




![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)



