El adecuado desempeño de los directores en sus funciones constituye un factor clave para garantizar la adecuada marcha de una compañía. Si bien ellos están obligados a desempeñar su cargo con la diligencia propia de un ordenado comerciante y representante leal, existen casos en los cuales los directores actúan en contra de los intereses de la sociedad (piénsese, por ejemplo, en directores que involucran a la compañía en prácticas de corrupción).
Tomando en cuenta ello, consideramos oportuno brindar un breve repaso de algunos de los supuestos más comunes en los cuales, conforme a lo previsto por el artículo 177° de la Ley General de Sociedades (LGS), los directores responderán por daños y perjuicios ocasionados a la sociedad, los accionistas o terceros:
Acuerdos o actos contrarios a la sociedad
Las actividades que realizan los directores deben enmarcarse dentro de los negocios y operaciones que forman parte del objeto social de la compañía. En caso de actividades fuera de dicho ámbito, estaremos frente a actos ultra vires, los cuales si generan daños y perjuicios acarrearán la responsabilidad de los directores que los realizaron. Así, la decisión del directorio de una compañía de servicios digitales de autorizar la ejecución de un proyecto minero que ocasiona pérdidas económicas a la sociedad constituye un ejemplo simple, pero bastante gráfico, de un acto ultra vires contrario a los intereses de la sociedad.
Acuerdos o actos realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave
Dolo:
el dolo se configura cuando deliberadamente no se ejecuta una obligación (artículo 1318º del Código Civil). Esta figura surge cuando el director de una sociedad vulnera intencionalmente las disposiciones contenidas en el estatuto de la compañía o en la LGS. Esto ocurre, por ejemplo, cuando los directores intencionalmente ocultan información financiera de la compañía o se coluden con otros funcionarios para alterarla maliciosamente.
Abuso de facultades:
la expresión más frecuente del abuso de facultades la constituyen también los actos ultra vires, es decir, aquellos que no se encuentran comprendidos dentro de las facultades otorgadas a los directores como parte del objeto social de la compañía. Al respecto, la firma de un director de contratos que superan los límites dinerarios que le son permitidos constituye un supuesto de abuso de facultades.
Negligencia grave:
la negligencia grave resulta de difícil determinación pues se origina en incumplimientos del director de obligaciones que se entienden como “propias” de su cargo y experiencia. En estos casos para determinar la responsabilidad será necesario tener en cuenta diversos factores: magnitud de la falta, giro de la empresa, volumen comercial, etc. Una mala inversión autorizada por el directorio, la cual haya generado un endeudamiento por encima de las proporciones razonables y de los criterios de prudencia empresarial, podría configurar negligencia grave de los directores que aprobaron la decisión.
Acciones de responsabilidad
Las acciones que pueden iniciarse en contra de los directores que incurren en los actos descritos anteriormente son dos: la acción social o pretensión social (artículo 181º de la LGS) y la acción individual o pretensión individual (artículo 182º de la LGS). La primera corresponde única y exclusivamente a la sociedad y tiene por objeto la indemnización por daños y perjuicios causados por los directores a esta. Es por ello que debe ser la junta general la que a través de un acuerdo promueva dicha acción. De otro lado, la acción individual establece que los accionistas y los terceros pueden pretender indemnización por actos de los directores que lesionen directamente sus intereses.

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Acción y omisión en la teoría del delito. Bien explicado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/04/La-accion-y-omision-en-la-teoria-del-delito-LP-218x150.jpg)


![EsSalud deberá indemnizar con S/30 000 por daño moral a una mujer que, estando embarazada, fue diagnosticada erróneamente con VIH hasta en cuatro fechas distintas [Exp. 00256-2010-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![En sede constitucional no se puede realizar una nueva valoración de las pruebas que sustentaron la condena ni la reevaluación de la pena [Exp. 01246-2024-PHC/TC, ff. jj. 6, 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tribunal de Apelación no puede pronunciarse sobre el objeto penal cuando solo recurren las partes civiles; no puede anular ni revisar absoluciones penales bajo el pretexto de defectos de motivación [Casación 496-2025, La Libertad, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Instrumentos públicos notariales: protocolares y extraprotocolares](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/INSTRUMENTO-PUBLICO-NOTARIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] La representación, el poder, los poderes notariales y los poderes otorgados en el extranjero](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/REPRESENTACION-PODER-NOTARIALES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El derecho a vacaciones anuales, corresponde a todo trabajador que haya completado un año de servicios continuos, equivalente a un minimo de seis dias laborales, sin importar el tipo o tiempo de jornada de trabajo realizad (doctrina jurisprudencial) [Casación 35267-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-descanso-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)






![[Balotario notarial] Organización del notariado: distrito notarial, colegios de notarios, Junta de Decanos de los Colegios de Notarios, Consejo del Notariado](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ORGANIZACION-NOTARIADO-COLEGIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Promueven la inversión privada en bienes públicos, actividades y servicios culturales [Decreto Legislativo 1699]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/empresa-digital-LPDerecho-218x150.jpg)
![Crean la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia [Decreto Legislativo 1703]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Incorporan al Organismo de Focalización e Información Social el padrón nominal de menores de seis años [Decreto Legislativo 1702]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/Empadronamiento-hogares-vulnerables-pobres-Midis-LPDerecho--218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)







![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Preferencia hipotecaria debe presentarse ante juez que conoce proceso de ejecución de garantía si ejecutor coactivo embarga el mismo bien [Pleno Jurisdiccional Distrital Comercial de Lima, 2017]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-renta-mazo-civil-posesion-bien-construccion-mala-fe-LPDerecho-218x150.png)

![EsSalud deberá indemnizar con S/30 000 por daño moral a una mujer que, estando embarazada, fue diagnosticada erróneamente con VIH hasta en cuatro fechas distintas [Exp. 00256-2010-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-324x160.png)


![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)


![[Balotario notarial] Instrumentos públicos notariales: protocolares y extraprotocolares](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/INSTRUMENTO-PUBLICO-NOTARIAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] La representación, el poder, los poderes notariales y los poderes otorgados en el extranjero](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/REPRESENTACION-PODER-NOTARIALES-LPDERECHO-100x70.jpg)


![EsSalud deberá indemnizar con S/30 000 por daño moral a una mujer que, estando embarazada, fue diagnosticada erróneamente con VIH hasta en cuatro fechas distintas [Exp. 00256-2010-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-100x70.png)

