Los congresistas de la República que suscriben, a iniciativa del Congresista Carlos Zeballos Madariaga, miembro del grupo parlamentario Integridad y Desarrollo, presentaron el Proyecto de Ley 2965/2022-CR, que plantea incluir en la Constitución a los animales domésticos y silvestres como seres sensibles.
I. FORMULA LEGAL
LEY QUE PROPONE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 68° QUE INCLUYE A LOS ANIMALES DOMÉSTICOS Y SILVESTRES COMO SERES SENSIBLES; Y A LA FLORA Y AGUAS COMO RIQUEZA NATURAL DE ESPECIAL PROTECCIÓN.
ARTÍCULO 1. – OBJETO DE LA LEY.
La presente ley tiene por objeto incluir en el artículo 68 de la Constitución Política del Estado a los animales domésticos y silvestres como seres sensibles; además a la Flora y Aguas que se encuentran en la jurisdicción del Perú como recursos naturales y estratégicos de especial protección por el Estado.
ARTÍCULO 2. – MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 68 DE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO.
Inclúyase un segundo párrafo al artículo 68 de la Constitución Política del Perú en los siguientes términos:
Artículo 68.- El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Constituyen seres sensibles todos los animales domésticos y silvestres, libres de maltratos. La flora y aguas dentro del territorio nacional cuentan con protección especial conforme a ley.
Lima, agosto de 2022
DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE
CARLOS JAVIER ZEBALLOS MADARIAGA
CONGRESISTA DE LA REPÚBLICA