¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre observadores internacionales y estándares internacionales en procesos electorales a cargo de Fabiola Guadalupe Rojas Barbarán, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
La especialista Fabiola Guadalupe Rojas Barbarán es Abogada con Maestría en Gestión Pública por la USMP. Ha sido Secretaria General en las municipalidades de San Isidro y Rímac, asesora en la municipalidad de Chaclacayo y funcionaría en la Municipalidad Metropolitana de Lima; asesora y Jefe de área, en el Gobierno Regional del Callao y sub gerente en el Gobierno Regional Metropolitano de Lima; y Directora en el Ministerio de Justicia. Conferencista en gestión pública, participación ciudadana, empoderamiento y descentralización. Fundadora de la Escuela de Estudios Municipales y Regionales (EEMUR).
Asimismo, es grato informarles que la especialista Fabiola Guadalupe Rojas Barbarán formará parte de nuestro panel de expositores en el Diplomado «Derecho electoral». Para más información, clic aquí
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Esta sesión en vivo está dirigida a todos los abogados aspirantes en todos sus niveles.
Esta clase gratuita sobre observadores internacionales y estándares internacionales en procesos electorales , por Fabiola Guadalupe Rojas Barbarán, se desarrollará este jueves 25 de setiembre de 2025 a las 2:30 p. m. Si desean recibir las diapositivas pueden llenar el siguiente formulario.
Aprovecha la oportunidad para inscribirte a nuestro Diplomado en Derecho electoral y llevarte nuestros beneficios (solo para los inscritos hasta el 14 de octubre):
- Dos libro gratis para los inscritos hasta el 14 de octubre:
- Constitución con jurisprudencia relevante y actual
- Compendio electoral peruano
- Fólder, block y lapicero.
- Acceso a la plataforma virtual hasta por 9 meses posteriores al término del diplomado
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 920528917. También puede escribir al correo [email protected].
![La demora en rendir cuentas no equivale a la apropiación de caudales; de ahí que la jurisprudencia suprema le dé valor como indicio (ánimo de apropiación) y no como elemento de directa atribución [RN 1105-2024, Loreto, ff. jj. 16.6 y 16.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema advierte que suma impuesta de S/8000 es ínfima para reparar el daño por el asesinato de una persona, pero no puede incrementarla en aplicación del principio de congruencia [Apelación 356-2024, San Martín, f.j. 17-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La viabilidad de la excepción de improcedencia de acción, que depende de la claridad y precisión de los hechos que imputa la Fiscalía, no está en función del avance de las investigaciones y menos de la culminación de la investigación preparatoria: si bien, conforme avancen las averiguaciones, la acción penal puede variarse con la incorporación de datos nuevos, esta situación contingente no puede ser determinante para que el imputado formule o no un medio de defensa o excepción [Casación 3198-2022, Cusco. f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-JURIS-PENAL-IMPRCEDENCIA-DE-ACCION-LPDERECHO.jpg-218x150.jpeg)

![Asignación anticipada de alimentos cesa cuando existe sentencia firme que fija pensión alimenticia debido a su carácter provisional e instrumental [Exp. 04679-2009-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/asignacion-anticipada-de-alimentos-cesa-cuando-existe-sentencia-firme-que-fija-pension-alimenticia-debido-a-su-caracter-provisional-e-instrumental-LPDerecho-218x150.jpg)
![Impedimento de salida del país para garantizar pago de alimentos no puede permanecer de manera indefinida si ya existe sentencia estimatoria firme y efectivo cumplimiento [Exp. 4679-2009-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Tras la vigencia de la Ley 31131, los contratos administrativos de servicios se consideran de plazo indeterminado siempre que las labores sean de carácter permanente y no de necesidad transitoria o de suplencia [Exp. 02047-2025-PA/TC, ff. jj. 4-5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)
![¿Perdiste tu celular y no bloqueaste tus tarjetas y, en esa situación, alguien vació tus cuentas? El banco debe devolverte el dinero; la obligación de seguridad no depende de si actuaste con negligencia o no [Res. Final 038-2026-PS0-Indecopi-HRZ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

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![Reglamento del Registro de Sociedades [Res. 200-2001-Sunarp-SNV]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Reglamento-del-Registro-de-Sociedades-LPDerecho-218x150.png)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![Ley del Mercado de Valores (Decreto Legislativo 861) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_Ley-del-mercado-de-valores-218x150.jpg)
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![[VÍDEO] Las pensiones de alimentos de S/300 frente al costo de vida](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Captura-de-pantalla-2026-05-09-164203-100x70.png)

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