En segunda y última instancia administrativa, el Indecopi sancionó a la empresa Corporación de Alimentos Balanceados S.A.C., conocida comercialmente como Manzana Verde, por incluir una cláusula abusiva en los términos y condiciones de su página web, la cual impedía que consumidores accedieran a la devolución de lo pagado por sus planes nutricionales.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó la multa de 7 UIT (equivalente a S/37 450) impuesta en primera instancia contra dicha empresa.
De acuerdo con la investigación, Manzana Verde señalaba en su sitio web que no aceptaba devoluciones de dinero a los consumidores una vez activados los planes (diarios, mensuales, bimensuales o trimensuales), permitiendo únicamente la donación o transferencia de sus créditos a otra persona sin costo alguno, previa coordinación.
Al respecto, la SPC concluyó que dicha cláusula establecía limitaciones para la devolución sin contemplar excepciones ni condiciones específicas, lo que contraviene el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Este marco normativo establece que los consumidores tienen derecho a la devolución de lo pagado en casos de incumplimiento del proveedor, como fallas en el servicio, vicios ocultos o incumplimiento de la oferta.
Además de la sanción, como medida correctiva, la SPC ordenó a Manzana Verde modificar la cláusula denominada “Devoluciones” en su página web, de manera que no establezca una negativa general y absoluta para acceder a la devolución de dinero por parte de los consumidores.
Este caso responde a una denuncia presentada por la Asociación Peruana Proconsumer (APPRO).
SUMILLA: Se confirma la apelada que declaró fundada la denuncia sobre que el denunciado habría consignado una cláusula abusiva en su página web que limitaba a los consumidores para acceder a la devolución de lo pagado por el servicio contratado en cualquier supuesto conforme a lo siguiente: “No se aceptarán devoluciones de dinero una vez activo su plan mensual, bimensual, trimensual o diario. Puede donar o transferir sus créditos a otra persona sin costo alguno previa coordinación”.
SANCIÓN: 7 UIT
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RESOLUCIÓN 1788-2025/SPC-INDECOPI
PROCEDENCIA: COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO: DE PARTE
DENUNCIANTE: ASOCIACIÓN PERUANA PROCONSUMER – APPRO
DENUNCIADO: CORPORACIÓN DE ALIMENTOS BALANCEADOS S.A.C. – MANZANA VERDE
MATERIA: CLÁUSULAS ABUSIVAS
ACTIVIDADES: ACTIVIDADES DE RESTAURANTES Y DE SERVICIO MÓVIL DE COMIDAS
Lima, 12 de junio de 2025
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 2 de mayo de 2023, la Asociación Peruana Proconsumer – Appro -la Asociación- denunció a Corporación Peruana de Alimentos Balanceados S.A.C.1 – Manzana Verde, por presuntas infracciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor -el Código-. Al respecto la denunciante, comunicó que Manzana Verde en su página web: https://manzanaverde.la: a) No informaba si existían restricciones en los alimentos que solicitaban los consumidores; b) No informaba sobre la posibilidad de que los consumidores se puedan abstener de pedir algún alimento por sufrir alguna alergia; y, c) Habría incluido dentro de los Términos y Condiciones de su página una cláusula que negaba la posibilidad de concluir el servicio contratado y solicitar la devolución proporcional del dinero, pues en su lugar sólo establecía la posibilidad de transferir el plan contratado a otra persona.
2. Mediante Resolución 1 del 30 de mayo de 2023, la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 -la Secretaría Técnica de la Comisión- admitió a trámite la denuncia presentada en contra de Manzana Verde, según los siguientes términos:
i) Por presunta infracción del literal b) del numeral 1.1 del artículo 1° y artículo 2° del Código, toda vez que en su página web: a) No detallaría si existen restricciones en los alimentos que ofrece a los consumidores.
[Continúa …]
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