Publicado en el diario oficial El Peruano, el 19 de setiembre de 2020.
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Aprueban el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0619-2020-MTC/01
Lima, 17 de setiembre de 2020
VISTOS: Los Memorándums Nos. 619 y 954-2020-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Ambientales; el Memorándum Nº 1144-2020-MTC/29 de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Complaunicaciones; y, el Memorándum Nº 1236-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA, cuya rectoría se encuentra a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (en adelante, el OEFA) y rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental;
Que, el artículo 7 de la citada Ley, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA;
Que, en los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD (en adelante, los Lineamientos), se define el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, el PLANEFA) como el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental planifica las acciones de fiscalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente, las cuales son priorizadas siguiendo los criterios de priorización para las acciones de fiscalización ambiental, establecidos en el artículo 7 de los Lineamientos;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos prevé que el PLANEFA es formulado de manera coordinada por los órganos de la Entidad de Fiscalización Ambiental que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto;
Que, asimismo, el numeral 8.1 del artículo 8 de los Lineamientos establece que el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental;
Que, conforme a los artículos 4 y 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional y en materia de infraestructura y servicios de comunicaciones, entre otras, teniendo como función rectora formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, entre otras;
Que, de acuerdo con los artículos 134 y 164 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, la Dirección General de Asuntos Ambientales y la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones son los órganos de línea responsables de conducir las acciones de fiscalización ambiental en el Sector Transportes y en el Sector Comunicaciones, respectivamente;
Que, mediante los Memorándums Nos. 619 y 954-2020-MTC/16 e Informe Técnico Legal Nº 004-2020-MTC/16.JGE.EOR de la Dirección General de Asuntos Ambientales y mediante el Memorándum Nº 1144-2020-MTC/29 e Informe Nº 0252-2020-MTC/29.01.Lima.A de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, se sustenta y propone la aprobación del proyecto del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, señalando que dicho Plan ha sido formulado conforme a los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD;
Que, mediante el Memorándum Nº 1236-2020-MTC/09 e Informe Nº 0140-2020-MTC/09.01, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto del proyecto del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, señalando que el mismo se encuentra alineado con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 – 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y que sus actividades se encuentran vinculadas con las actividades operativas contenidas en el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 – 2022 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;
De conformidad con la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01; y los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La ejecución del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobado en el artículo anterior, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales y de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Asuntos Ambientales el registro del “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe/aplicativos/planefa), dentro del plazo de diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación, conforme a lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la referida Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ESTREMADOYRO MORY
Ministro de Transportes y Comunicaciones




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