Hoy 13 de mayo, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Legislativa Nº 012-2013-2017-CR, a través de la cual se modifica el primer párrafo artículo 88 del Reglamento del Congreso. La reforma eleva el número de integrantes de comisiones investigadoras.
El artículo primigenio exigía de entre tres a siete integrantes para conformar una comisión investigadora, en tanto que ahora se requerirán entre cinco y nueve miembros.
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 012-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 88 DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, A FIN DE ELEVAR EL NÚMERO DE INTEGRANTES DE UNA COMISIÓN INVESTIGADORA
Artículo único. Modificación del primer párrafo del literal a) del artículo 88 del Reglamento del Congreso de la República
Modifícase el primer párrafo del literal a) del artículo 88 del Reglamento del Congreso, conforme al texto siguiente:
“Artículo 88. El Procedimiento de Investigación
[…]
a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por solicitud presentada mediante Moción de Orden del Día. Para su admisión a debate y aprobación sólo se requiere el voto aprobatorio del treinta y cinco por ciento (35%) de los miembros del Congreso. Integrarán la Comisión entre cinco y nueve congresistas, propuestos por el Presidente del Congreso, respetando hasta donde sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los Grupos Parlamentarios. A fin de garantizar el debido proceso, se evitará que la integren quienes hayan solicitado su constitución.
[…]”.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los doce días del mes de mayo de dos mil diecisiete.
LUZ SALGADO RUBIANES
Presidenta del Congreso de la República
ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República


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