El sistema de la oralidad, implementado por el Poder Judicial en los procesos judiciales de la especialidad civil hace cinco años, ha permitido acortar el tiempo de emisión de sentencias de 511 días a 189 días, es decir, una reducción equivalente al 63 %.
Así lo informó el presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil (ETIIOC), juez supremo titular Ramiro Bustamante Zegarra, quien destacó las ventajas de este modelo.
El magistrado también destacó la efectividad en la emisión de los autos finales (resoluciones), pues el tiempo de duración disminuyó en 62 %.
La oralidad es una metodología que dinamiza el trámite de un proceso civil, transitando de un modelo tradicional (escrito en papel) a un proceso oral.
Bustamante Zegarra resaltó que el sistema oral fue instaurado hace cinco años por iniciativa de los mismos jueces, para dar mayor celeridad a los procesos, sin necesidad de realizar modificaciones al Código Procesal Civil.
Expresó que el artículo 51 del referido cuerpo normativo permite al magistrado convertir un proceso escrito a uno oral donde la dirección de la audiencia está cargo del juez.
No obstante, el magistrado instó al Pleno del Congreso de la República que debata y apruebe el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para fortalecer la oralidad en los procesos civiles.
Señaló que antes de su implementación, los procesos civiles eran engorrosos, formalistas, poco eficientes y requerían voluminosos expedientes de papel; sin embargo, con la oralidad son más céleres, transparentes, confiables y eficaces.
En menos de un año
El magistrado recordó que el primer proceso resuelto bajo el modelo oral sobre desalojo por ocupación precaria, que se inició el 28 de diciembre de 2018 en la Corte Superior de Arequipa, concluyó el 19 de diciembre de 2019 en la Corte Suprema de Justicia. “Es decir, se resolvió en menos de un año en todas las instancias”, resaltó.
También puso como ejemplo la resolución de un proceso sumarísimo por demanda de desalojo (Exp. 12089-2012), ingresado el año 2012 en la Corte Superior de Lima, que tardó tres años y cuatro meses en resolverse bajo el modelo tradicional.
En cambio, indicó, otro proceso sumarísimo por demanda de desalojo (Exp. 341-2024) tramitado con la oralidad civil en la misma Corte de Lima tardó apenas seis meses y 12 días.
Buena práctica ganadora 2024
No obstante, ahora con el protocolo “Gestión del proceso especial de desalojo de la Ley 30201”, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), los procesos de desalojo con cláusula de allanamiento futuro (desalojo exprés) son resueltos en no más de 60 días hábiles.
Debido a la celeridad en la resolución de los casos, la organización Ciudadanos al Día declaró a este protocolo, en octubre pasado, como ganador del Premio a las Buenas Prácticas en Gestión Pública 2024, en la categoría “Simplificación de trámites”, imponiéndose sobre otras 30 iniciativas de diversas instituciones.
Actualmente, la oralidad civil está implementada en 181 órganos jurisdiccionales de 33 cortes superiores de justicia del país.
En el año 2023, la especialidad civil atendió más expedientes que los ingresados en dicho periodo a nivel nacional convirtiéndose en la especialidad que más resuelve en el Poder Judicial, sin financiamiento adicional.
Aquel año resolvió 342 963 expedientes frente a los 337 334 ingresados, es decir, realizó una descarga efectiva de procesos en trámite de años anteriores.
Lima, 29 de noviembre de 2024
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