Modelo de demanda contencioso administrativa de nulidad de un informe técnico del Servir

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En la Ley que regula el proceso contencioso administrativo en el Perú se indica la posibilidad no solo de pedir la nulidad de actos administrativos, sino también la nulidad de cualquier declaración administrativa, se entiende diferente a los actos administrativo, como sería el caso de los actos de administración interna que son inimpugnables en la vía administrativa.

Uno de estos actos de administración interna son los informes administrativos que al responder consultas de los administrados no son actos preparatorias de un acto administrativo futuro, por lo que si bien estos informes no son susceptibles de impugnación en la vía administrativa sí lo serán en la vía judicial.

De esta manera, los informes técnicos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) son pasibles de impugnación en el proceso contencioso administrativo al ser declaraciones administrativas contenidas en actos de administración que no son actos preparatorios por cuanto absuelven consultas de los administrados en atención a su derecho de petición no esperándose la emisión de un acto administrativo posterior.

MODELO DE DEMANDA DE NULIDAD DE UN INFORME TÉCNICO DEL SERVIR

 

Área: Derecho Laboral Público

Línea: Impugnación de actos de administración

Modelo de demanda contencioso administrativa de nulidad de un Informe Técnico del Servir

  • CUADERNO: Principal
  • ESCRITO: 01-2021
  • SUMILLA: Demanda contencioso administrativa laboral

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO

(…nombres y apellidos o denominación del administrado impugnante que actúa en interés difuso…), identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en la Casilla Judicial Nro. (…); a Ud., respetuosamente, digo:

En mi calidad de persona-administrado interpongo demanda contencioso administrativa laboral alegando la existencia de legitimidad para obrar activa en tutela de intereses difusos contenida en el artículo 14, inciso 3, del TUO de la Ley 27584 (Decreto Supremo 011-2019-JUS) que indica:

“Cuando la actuación impugnable de la administración pública vulnere o amenace un interés difuso, tendrán legitimidad para iniciar el proceso contencioso administrativo”: “3. Cualquier persona natural o jurídica”.

I. COMPETENCIA

La pretensión que postula en el presente proceso se refiere a un informe técnico del Servir que absuelve una consulta de Derecho Laboral Público, por lo que es competente el Juez Especializado de Trabajo conforme al artículo 2, numeral 4 del TUO de la Ley 27584 que indica que:

Los juzgados especializados de trabajo conocen de los siguientes procesos:

[…]

4. En proceso contencioso administrativo conforme a la ley de la materia, las pretensiones originadas en las prestaciones de servicios de carácter personal, de naturaleza laboral, administrativa o de seguridad social, de derecho público.

II. DEMANDADO Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA

Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) debidamente representado por su Presidente Ejecutivo (…), a quien se le deberá de notificar en Pasaje Francisco de Zela Nro. 150, Piso 10, Lima.

III. EMPLAZADO

Con la presente demanda se deberá de emplazar al Procurador Público de la Autoridad Nacional del Servicio Civil a quien se notificará en Pasaje Francisco de Zela Nro. 150, Piso 10, Lima.

IV. PETITORIO

Como pretensión principal, interpongo demanda contencioso administrativa laboral para que se declare la nulidad total del Informe Técnico Nro. (…) de fecha (…) emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil con el asunto (…) por contravenir la Constitución, la ley y normas reglamentarias.

V. ACTUACIÓN IMPUGNABLE

La actuación impugnable es la declaración administrativa contenida en el acto de administración previsto en el Informe Técnico Nro. (…) conforme al artículo 4, inciso 1, del TUO de la Ley 27584 que indica que “Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: 1. Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa.

VI. PRETENSIÓN IMPUGNATORIA

Siendo que se impugna una declaración administrativa, la pretensión contenciosa administrativa que se postulará es la de nulidad conforme al artículo 5, inciso 1 del TUO de la Ley 27584 que indica que “En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: 1. La declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos”.

VII. PLAZO DE IMPUGNACIÓN

La presente demanda se presenta dentro de los tres (3) meses de haber tomado conocimiento del Informe Técnico Nro. (…) conforme a lo previsto en el artículo 18, numeral 1 del TUO de la Ley 27584 que indica “La demanda deberá ser interpuesta dentro de los siguientes plazos: 1. Cuando el objeto de la impugnación sean las actuaciones a que se refieren los numerales 1 del artículo 4, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento o notificación de la actuación impugnada, lo que ocurra primero.

VIII. FUNDAMENTOS DE HECHO

  1. Con fecha (…) se ha emitido el Informe Técnico Nro. (…) cuyo asunto es (…) que absuelve la consulta realizada por (…) en los siguientes términos que se indican en el objeto de la consulta (…)
  2. Como consecuencia del ejercicio de la facultad de consulta, en el mencionado Informe Técnico se ha arribado a las siguientes conclusiones: (…)
  3. Sin embargo, las conclusiones emitidas son nulas totalmente por lo siguiente:

3.1. Se contraviene la Constitución en su artículo (…), por cuanto (…)

3.2. Se contraviene la Ley en su artículo (…), por cuanto (…)

3.3. Se contraviene el Reglamento contenido en el (…), por cuanto (…)

  1. Dentro de este contexto, procede se declare la nulidad total del Informe Técnico del Servir por interés difuso de los (…indicar el grupo social difuso afectado…) al que pertenezco y en interés difuso demando.

IX. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 10, inciso 1, del TUO de la Ley 27584 – Decreto Supremo 011-2019-JUS que indica “Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias”.

X. MONTO DEL PETITORIO

No es cuantificable en dinero

XI. MEDIOS PROBATORIOS

  1. Informe Técnico Nro. (…) de fecha (…) emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil con el asunto (…) con el objeto de acreditar el contenido de la declaración administrativa que se impugna.
  2. Boleta de Pago que me acredita como trabajador que tienen interés difuso respecto del Informe Técnico antes indicado.

XII. ANEXOS

1-A Copia legible de mi Documento Nacional de Identidad

1-B Copia del Informe Técnico Nro. (…) de fecha (…) emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

1-C Copia de mi Boleta de Pago

POR LO EXPUESTO

A usted pido admitir a trámite la presente demanda.

OTROSI. Si bien no es requisito de la demanda a la presente le corresponde la vía del proceso ordinario conforme al artículo 27 del TUO de la Ley 27584.

Lima, 18 de octubre de 2021

(…firma del demandante…)

(…firma y sello del abogado…)

 

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Lea también: Diplomado en Derecho Administrativo, procedimiento sancionador y gestión pública

Comentarios:
Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento «La Gaceta Jurídica» del diario La Razón (Bolivia). Fue catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle (Perú), catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui (Perú). Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa. Docente de LP Pasión por el Derecho, el portal jurídico más leído del Perú.