Se ha publicado la Ley 32446, que modifica el Código Penal para tipificar el delito de criminalidad sistemática. La norma incorpora el artículo 318-B, que sanciona con cadena perpetua a quienes, utilizando armas de fuego militares o civiles, municiones, explosivos u otros similares, cometan delitos como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado o robo agravado, generando zozobra o terror en la población.
LEY Nº 32446
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, PARA INCORPORAR EL DELITO DE CRIMINALIDAD SISTEMÁTICA
Artículo único. Objeto de la Ley
Se incorpora el artículo 318-B, en el Código Penal, Decreto Legislativo 635, con el siguiente texto:
“Artículo 318-B.
El que mediante el uso de municiones, armamento de fuego militar o civil, artefactos explosivos u otros de similar características, provoque o realice conductas tipificadas como delitos de secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado, creando zozobra o terror en la población o una parte de ella; será reprimido con cadena perpetua”.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los ocho días del mes de setiembre de dos mil veinticinco.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente del Congreso de la República
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
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POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Presidente del Consejo de Ministros

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