El Jurado Nacional de Eleccions (JNE) ha lanzado una convocatoria para cubrir 4 puestos disponibles, donde podrán postular abogados colegiados y habilitados.
Lea también: Descargue en PDF el «Manual de protección de datos personales»
A continuación les dejamos las bases, el cronograma. Pueden postular aquí.
CAS N° 002: ESPECIALISTA EN DESARROLLO ORGANIZACIONAL
Número de vacantes: 1
Educación: Título profesional universitario en Derecho o Economía o Administración o Ingeniería Industrial (Indispensable). Egresado de Maestría en Gestión Pública o Economía. (Indispensable).
Formación: Programa de Especialización o Diplomado en Organización y Métodos o Gestión por Procesos o Gestión de Proyectos (Indispensable). Curso de Interpretación de la Norma ISO 9001:2015 (Indispensable)
Experiencia:
Seis (06) años de experiencia general mínima en el sector público o privado (Indispensable).
Cuatro (04) años de experiencia específica mínima como Especialista en materia de modernización de la gestión pública, planeamiento, o proyectos en el sector público o privado (Indispensable).
Tres (03) años de experiencia específica mínima como Especialista en materia de modernización de la gestión pública, planeamiento, o proyectos en el sector público (Indispensable).
Lugar de prestación del servicio: Av. Nicolás de Piérola N° 1070 – Cercado de Lima. Modalidad: Trabajo presencial, remoto o mixto.
Remuneración: S/. 11 500.00 soles
Plazo para postular: Del 11 al 12 de enero de 2023 hasta las 04:00 p.m
• Descargue aquí las bases de la convocatoria.
• Descargue aquí los anexos.
• Postula aquí a la convocatoria.
CAS N° 007: ESPECIALISTA LEGAL JURISDICCIONAL
Número de vacantes: 3
Educación: Título Profesional en Derecho. Colegiado y Habilitado. (Indispensable) Egresado de Maestría en Derecho Procesal o Derecho Constitucional o Derecho Civil. (Indispensable)
Formación: Programa de Especialización y/o Diplomado en Derecho Administrativo y/o Derecho Procesal y/o Derecho Constitucional. (Indispensable)
Experiencia: Cinco (05) años de experiencia general mínima en el sector público y/o privado. (Indispensable) Tres (03) años de experiencia específica mínima como Analista en funciones relacionadas al puesto en el sector público o privado. (Indispensable) Dos (02) años de experiencia específica mínima como Analista en funciones relacionadas al puesto en el sector público. (Indispensable)
Conocimientos: Dominio de ofimática. Redacción en argumentación jurídica.
Lugar de prestación del servicio: Jr. Nazca N° 598, Jesús María
Modalidad: Trabajo presencial, remoto o mixto.
Remuneración: S/. 9000.00 soles
Plazo para postular: Del 11 al 12 de enero de 2023 hasta las 04:00 p.m
• Descargue aquí las bases de la convocatoria.
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Les recordamos que pronto iniciamos los siguientes cursos y diplomados:
1. Diplomado en Gestión pública municipal. Para ver información clic aquí.
2. Diplomado Violencia familiar, de género y delitos sexuales. Para ver información clic aquí.
3. Diplomado Derecho penal general: teoría del delito Para ver información clic aquí.
4. Diplomado Código Procesal Civil y litigación oral. Para ver información clic aquí.
5. Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral. Para ver más información clic aquí.
6. Diplomado en Derecho laboral y gestión legal de recursos humanos. Para ver más información clic aquí.
7. Curso Asistente en función fiscal y administrativo (domingos). Para ver más información clic aquí.
8. Curso de introducción al derecho. Para ver más información clic aquí.
9. Curso de redacción de documentos administrativos. Para ver más información clic aquí.
![Estafa: La preexistencia del bien patrimonial es un requisito indispensable para verificar el perjuicio patrimonial [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 9] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)


![Cuando se devuelve la acusación, se debe habilitar nuevamente los diez días para la absolución [Exp. 01385-2019-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No puede confundirse la exigencia de completitud y especificidad del relato fáctico de una formalización con una exhaustividad extrema —minuciosa, detallada o pormenorizada— de las circunstancias precedentes, concomitantes o posteriores, las cuales, incluso, pueden integrarse en la acusación, siempre que se mantengan los mismos hechos constitutivos del tipo penal [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 57-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Se vulneran el principio de imputación necesaria y el derecho de defensa si se permite una especie de investigación penal prospectiva al emplearse, en la formalización, una fórmula vaga o genérica de la «ventaja o beneficio» a favor de un fiscal —elemento del delito de cohecho activo específico—, con indicación de los elementos de investigación que lo corroboran [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 48-51]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A partir del 22 de abril del presente año (2025), fecha en que entró en vigencia la Ley N° 32069 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, no es posible aplicar el procedimiento que establecía el artículo 167 del anterior Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, toda vez que al procedimiento establecido en el artículo 167 del anterior Reglamento no le alcanza la aplicación ultractiva de la anterior normativa de contrataciones del Estado [Opinión D000040-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Mininter actualiza protocolo de actuación entre la PNP y Migraciones para expulsión de extranjeros en situación irregular [Resolución Ministerial 2384-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Estafa: La preexistencia del bien patrimonial es un requisito indispensable para verificar el perjuicio patrimonial [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 9] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-324x160.jpg)
![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)




![Estafa: La preexistencia del bien patrimonial es un requisito indispensable para verificar el perjuicio patrimonial [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 9] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
