Muchas críticas está provocando las palabras pronunciadas por el ex juez supremo y expresidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo, en el marco de un evento que se desarrolló en las instalaciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
En su discurso, el exmagistrado propuso “quemar la Constitución del 93” como acto simbólico similar al lavado de bandera que se realizó en la denominada Marcha de los Cuatro Suyos.
Cuestionamientos
Las declaraciones de Rodríguez tuvieron lugar en una mesa redonda organizada por la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. El evento, titulado “Crisis política y propuestas de solución”, contó también con la presencia de Héctor Béjar, Alejandro Narváez, Alfonso López y Aníbal Torres.
El evento generó polémica desde antes de su inicio y de que se viralizaran las opiniones de Duberlí. No fueron pocos los que cuestionaron la calidad de los ponentes, entre ellos políticos y periodistas.
‘Interesante’ debate en UNMSM con el ideólogo del golpe Aníbal Torres; el canciller puesto en Torre Tagle al servicio de AMLO, Evo y Maduro, Héctor Béjar, quien propone expropiar la televisión; y Duberlí Rodríguez -el abogado del golpista-, quien alaba a la ‘prensa alternativa’. pic.twitter.com/TMofXQJCUd
— Augusto Alvarez Rodrich (@alvarezrodrich) February 22, 2023
Hay una gran diferencia entre lavar la bandera y pedir quemar la Constitución
No hay nada de simbólico en quemarla sea q lo entiendan como texto o como médula del orden constitucional y del Estado de derecho. Pésimo lo del expresidente del Poder Judicial. pic.twitter.com/6hNS5Mhexs
— Yesi Alvarez ?️? (@yesiyeat) February 22, 2023
¿Es ilegal quemar la constitución?
Al respecto, muchos colegas se preguntan si la quema de la Constitución vigente constituiría delito. Para ello, habría que tener en consideración el artículo 344 del Código Penal que sanciona el ultraje a los símbolos, próceres o héroes de la Patria.
Artículo 344.- Ultraje a Símbolos, próceres o héroes de la Patria
El que, públicamente o por cualquier medio de difusión, ofende, ultraja, vilipendia o menosprecia, por obra o por expresión verbal, los símbolos de la Patria o la memoria de los próceres o héroes que nuestra historia consagra, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a ciento ochenta días-multa.
El que publica o difunde, por cualquier medio el mapa del Perú con alteración de sus límites, será reprimido con la misma pena.
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