Hoy se grabó una edición más del programa Diálogo Constitucional conducido por los profesores Francisco Eguiguren Praeli y Pedro Grández Castro, quienes tuvieron como invitada especial a la constitucionalista Milagros Campos.
En el tramo final del programa le preguntamos al profesor Francisco Eguiguren si frente a la crisis violenta que vive nuestro país se puede hablar ya de un momento constituyente para el Perú. Esto fue lo que nos respondió el reconocido constitucionalista:
Yo la impresión que tengo es que los momentos constituyentes no se dan como producto de la razón, como tal vez sería deseable que ocurra, cuando un pueblo llega a la conclusión de que la realidad ha cambiado, que su Constitución ha quedado corta, que no hay posibilidad de actualizarla vía un Tribunal Constitucional, la jurisprudencia o las leyes. Eso sería lo deseable. Una transición hacia una nueva constitución de una manera planificada, organizada, sensata.
En nuestro país, hasta donde yo me acuerdo, nunca hemos tenido un momento constituyente en un contexto democrático. Puede ser que haya alguno que sea la excepción, pero no lo tengo en mi cabeza. En los últimos ciento y pico de años, todas las constituciones que hemos tenido han nacido en el marco de una dictadura. Algunas como transición para irse: el gobierno militar de la Fuerza Armada, de los generales Morales Bermúdez y Velasco Alvarado; o la del 93 del fujimorismo, no para irse sino para quedarse y para legitimar la reelección presidencial inmediata, el neoliberalismo y su esquema político.
Yo siempre digo por qué no somos capaces, como país, de vivir un proceso constituyente en democracia, sin dictadura, sin ataduras. ¿Hay condiciones para un proceso constituyente? Esto es como casi todo en la vida. ¿Estamos listos, estamos preparados? Normalmente no estamos ni listos ni preparados, pero las cosas ocurren y hay que saber leerlas.
Yo creo que la crisis política que vive en nuestro país hace seis años, con seis presidentes, con varios congresos, vacancias presidenciales, inestabilidad política, protesta social, etc. denotan una crisis política que es el fin de un sistema. La Carta del 93, como dirían los jóvenes, «ya fue». Hace rato que ya fue. No defendamos a un cadáver que está causando otros cadáveres.
Un nuevo pacto político y social es una necesidad moral para nuestro país. No sé si lo hagamos bien, pero las nuevas fuerzas representativas del país, si acaso existen, tiene que definir las reglas de juego para los próximos 20 o 30 años del Perú, mirando en la experiencia de estos 30 años, mirando en la crisis política, en la crisis de legitimidad.
¿Estaremos a la altura? No tengo idea, pero sí sé una cosa: no hay que negarle al pueblo la posibilidad de manifestarse. Salgamos de dudas, preguntémosle al pueblo, en una consulta popular, aprovechando sea un referéndum, si acaso lo hay, o la próxima elección. Preguntémosle. No cuesta mucho, está dentro del mismo paquete, una papeletita más: ¿quiere usted una nueva constitución hecha por una asamblea constituyente? Preguntémosle y que ellos decidan. Si dicen que no, pues no. Si dicen que sí, aprobemos los cambios necesarios por una asamblea constituyente que tomará tiempo (no es mañana), convocarla, elegirla, que trabajen un año, que hagan una nueva constitución.
De repente, mirando a que Dios nos proteja, pues de repente hay un momento lúcido y hay una nueva constitución mejor y un pacto político diferente. Yo sí creo que hay un momento constituyente no como producto de la razón; hay un momento constituyente como producto de la crisis, y el fin y el ocaso de un sistema político injusto que ha llevado a nuestro país a este doloroso saldo que hoy vivimos: violencia y muerte que no tiene solución.
¿Que hace daño a la economía del país? Sí. ¿Que los más pobres se van a hacer más pobres porque no pueden trabajar, porque no pueden circular? Sí, sí. Pero es que esa es la muestra de que un sistema tocó fondo. Yo sí creo y diría pronto consulta popular sobre una asamblea constituyente. Esa es mi propuesta.
Para acceder al vídeo clic aquí.



![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Caso JNE: Resuelven en mayoría declarar improcedente participación de partido de Duberlí Rodríguez [Exp. 06374-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En mayoría y con voto en discordia, declaran Improcedente medida cautelar de Salvador Del Solar [Exp. 04935-2024-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Salvador-del-Solar-LP-Derecho-218x150.png)

![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)







![Diferencias entre la potestad de los jueces y la de los árbitros [STC 2275-2013-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/STC-2275-2013-PA-TC-LP-324x160.png)