La Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte, a cargo de la fiscal superior María del Carmen Ruiz Hurtado, logró que se confirme la condena de cuatro años de pena privativa de libertad para Miguel Saldaña, exalcalde de Comas, por el delito de negociación incompatible en agravio de la Municipalidad Distrital de Comas.
Con él también fueron sentenciados, en segunda instancia, Jorge Ávalos, exsubgerente de Planeamiento Urbano; Juan Amésquita, exsubgerente de Obras Privadas; y Lourdes Sánchez y Alejandro Odar, exservidores municipales; con la misma pena de cuatro años y por el mismo delito de negociación incompatible.
La sentencia en primera instancia fue en septiembre de 2025, luego de una investigación por parte de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte (Segundo Despacho).
Los hechos se remontan al año 2017, cuando la empresa privada Mall Plaza Inmobiliaria S.A. solicitó la habilitación urbana para uso comercial y la licencia de edificación del centro comercial Mall Plaza Comas, buscando un trámite acelerado y favorable.
La fiscal adjunta superior Leidy Diana Cherrapano Collantes demostró que el alcalde distrital y los otros cuatro funcionarios municipales aprobaron la solicitud sin exigir los estudios de impacto ambiental y vial que la norma establece como obligatorios.
Además, se estableció que, en el transcurso del proceso, la empresa entregó 200 toneladas de rocas a la Municipalidad para obras de prevención en el río Chillón, un hecho que evidencia la existencia de un interés indebido que comprometió la transparencia del procedimiento.
Cada uno de los imputados tuvo un rol específico en los actos ilícitos: Miguel Saldaña no ejerció el control necesario sobre los trámites, Jorge Ávalos firmó la aprobación de la habilitación, Juan Amézquita autorizó la licencia de edificación, y Lourdes Sánchez y Alejandro Odar elaboraron los informes que favorecieron el proyecto.
La condena inicial fue modificada a 156 jornadas de trabajo comunitario por decisión del Poder Judicial. Asimismo, los sentenciados fueron inhabilitados por cinco años de ejercer cualquier cargo público y deberán abonar, de forma solidaria, la suma de S/ 25 000 como reparación civil al Estado, como compensación por los perjuicios causados por sus actos ilícitos.
Con información del Ministerio Público Fiscalía de la Nación

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