El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) ofrece la alternativa de una conciliación extrajudicial —incluso más rápida— para la solución de conflictos civiles y de familia. Este mecanismo está dirigido a todos los ciudadanos sin distinción de vulnerabilidad ni adquisición económica.
El ente a cargo es la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. Una de las conciliadoras de la sede del Centro Mega Alegra de Lima Centro, Nancy Malásquez, detalló para El Peruano que el foco está puesto en los casos de pensión de alimentos, régimen de visitas y tenencia.
Requisitos
Para iniciar una conciliación extrajudicial, el ciudadano, además de presentar la solicitud, debe adjuntar lo siguiente:
- Copia de DNI
- Copia de la partida de nacimiento del menor
- Dirección exacta de la otra parte para invitarla a conciliar
Proceso
Este espacio, que les permite a las partes descubrir intereses comunes, inicia con la presentación de la solicitud y concluye con la entrega de la primera copia del acta de conciliación, la cual posee el mismo valor que una sentencia judicial cuando contiene acuerdos. Todo es gratuito; sin embargo, una copia adicional cuesta S/12,30.
Malásquez explicó que los procesos conciliatorios pueden llevarse paralelamente a un proceso judicial siempre y cuando no haya una sentencia.
Asimismo, el acta debe ser llevada a un juez para que se ejecute y, en caso de que no se respeten los acuerdos, el magistrado interviene para hacerlos cumplir, pero no para modificarlos.
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Casos no aptos para conciliación extrajudicial
Puntos de atención
- Amazonas
- Áncash
- Apurímac
- Arequipa
- Ayacucho
- Cajamarca
- Cusco
- Huancavelica
- Huánuco
- Ica
- Junín




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