Conozca los trámites ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) para inscribir un testamento ológrafo, es decir, hecho en casa y a puño y letra. Para mayor información al respecto recomendamos leer este artículo.
El testamento ológrafo es un tipo de testamento ordinario, este testamento contiene formalidades previstas en el Código Civil, el primer requisito es que sea totalmente escrito, fechado y firmado por el propio testador y para que surta efectos debe ser protocolizado, previa comprobación judicial, dentro del plazo máximo de un año contado desde la muerte del testador.
INSCRIPCIÓN DE TESTAMENTO OLÓGRAFO
Nombre del Trámite/Objetivo del Trámite: Inscripción de testamento ológrafo
Documentos a Presentar:
- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
- Parte notarial que contenga copia del testamento, otorgado por el Notario ante cuyo oficio se hizo la protocolización.
- Pago de derechos registrales.
- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
Costo: 0.24 % UIT por derechos de calificación, y 0.24 % UIT por derechos de inscripción.
Calificación: Silencio Negativo – 35 días, salvo prórroga o suspensión.
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente.
Base Legal: Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 2039° del Código Civil (25/07/1984); 817° y 823° del TUO del Código Procesal Civil (23/04/1993); Decreto Supremo N° 37-94-JUS (07/07/1994)