La noticia llega desde el Ilustre Colegio de Abogados de Ayacucho. Para ser más exactos, desde las oficinas de su Comité Electoral, que preside el colega Richard Ataucusi Saccsara. Así, el cuarto Colegio en antigüedad (después de Lima, Arequipa y Cusco) dispone la cuota paritaria para la conformación de su Junta Directiva.
Lea también: San Marcos: Organizan Seminario sobre el indulto a Fujimori
Hace poco tiempo la orden ayacuchana aprobó el Reglamento Electoral elaborado por el Comité Electoral, que regula el procedimiento que se llevará a cabo para elegir a los integrantes que formarán parte de la nueva junta directiva correspondiente al periodo 2018-2019.
Lea también: Lea la nueva ley de la carrera del trabajador judicial
En efecto, de la lectura del artículo 26.2. de dicho Reglamento, que fija los requisitos que deben cumplir los candidatos para la Junta Directiva, señala que solo se admitirá listas de candidatos que respeten la cuota de género de un 50% de varones y de mujeres.
La abogada María Carmela Ruiz Vergara, actual decana de la orden ayacuchana, saludó la noticia y señaló que ya actualmente su Junta Directiva (2016-2017) está conformada por varones y mujeres en igual proporción. Con esta reforma tendremos, pues, una Junta Directiva compuesta por cinco varones y cinco mujeres.
Valga apuntar que según el Reglamento las elecciones se llevarán a cabo el próximo 28 de enero de 2018 y, en caso de producirse la segunda vuelta, el 11 de febrero. A continuación compartimos con ustedes la norma pertinente:
Arículo 26.2.- Requisitos de candidatos para la Junta Directiva
- Solicitud de inscripción de la lista postulante dirigida al Presidente del Comite Electoral suscrita por la lista (a) que contenga: domicilio real y procesal, correo electrónico para los actos de notificación, telefono (fijo o celular) y nombre de la lista.
- Relacion Nominal completa de todos los candidatos de la Lista, con indicación de nombres y apellidos, número de colegiatura, documentos de identidad, y firmas de los mismos, así como los cargos a los que postula.
- Adjuntar cada uno de los integrantes de la lista declaración jurada simple de no tener antecedentes penales, administrativos y de no estar sancionado conforme al Código de Ética del Abogado.
- Una fotografía actualizada tamaño pasaporte y con fondo blanco (físico y archivo digital en CDs) del candidato a Decano.
- Declaración jurada de no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo afinidad con algún miembro del Comité Electoral. De existir parentesco declararlo bajo juramento.
- Designación del personero titular y suplente, acompañando su copia de DNI.
- Planillones de adherentes que apoyan la candidatura de la lista completa y nominada a la Junta Directiva por no menos del 10% de firmas de los colegiados hábiles hasta el 21 de diciembre de 2017. La solicitud de acuerdo al formato aprobado para la entrega de planillones, debe ser suscrita por el candidato o candidata a Decano (a) y el personero titular y presentado en mesa de partes del Colegio de Abogados de Ayacucho.
- Plan de Desarrollo Institucional debidamente sustentado y suscrito por el candidato (a) a Decano de la Lista (físico y digital CDs) con la finalidad de ser publicado en la página institucional del Colegio de Abogados de Ayacucho.
- Recibo de pago de derecho de inscripción, en la suma equivalente al 17% de la Unidad lmpositiva Tributaria (S/688.50 soles) emitido por la Oficina de Caja del Colegio de Abogados de Ayacucho.
- La lista para ser admitida deberá respetar la cuota de genero de un 50 % de varones y de mujeres.
12 Ene de 2018 @ 13:18
![Juzgado ordena el archivo definitivo del caso Cócteles conforme a la sentencia 185/2025 del TC [Exp. 00299-2017-335 -5001-JR-PE-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/Caso-Cocteles-juicio-oral-Keiko-Fujimori-otros-lp-derecho-218x150.jpg)
![Cuando en apelación se cuestiona el juicio de hecho (valoración de hechos y responsabilidad penal) es obligatorio interrogar a los acusados en segunda instancia, salvo que expresamente estos ejerzan su derecho a guardar silencio [Apelación 338-2024, Huancavelica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)
![No se puede condenar por falsedad documental sin antes determinar si el documento falsificado es público o privado [RN 467-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Delito de sicariato mediante organización criminal genera un mercado ilegal de asesinatos por precio [Exp. 7419-2014-282]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![BCP es multado por utilizar un pago anticipado para cubrir intereses en lugar de reducir el capital de la deuda [Res. 3129-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![El núcleo duro de la dignidad humana en el ámbito laboral exige a las partes actuar de buena fe, por lo que despedir a trabajador vía WhatsApp es un menosprecio a su condición personal, pues el trabajo es un medio esencial para el desarrollo personal [Exp. 00878-2022-PA/TC, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-6-218x150.jpg)


![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuadas de difusión pública dado que, «prima facie», contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de las entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-4-218x150.jpg)
![Destituyen a juez de paz por conceder medidas cautelares con la sola presentación de documentos en copia simple [Inv. Def. 1220-2019-Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![CSN dispone nueva conformación de juzgados [RA 000017-2026-P-CSNJPE-PJ] Corte Superior Nacional - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Corte-Superior-Nacional-LPDerecho-218x150.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![BCP es multado por utilizar un pago anticipado para cubrir intereses en lugar de reducir el capital de la deuda [Res. 3129-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Destituyen a juez de paz por conceder medidas cautelares con la sola presentación de documentos en copia simple [Inv. Def. 1220-2019-Sullana]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)



![BCP es multado por utilizar un pago anticipado para cubrir intereses en lugar de reducir el capital de la deuda [Res. 3129-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-100x70.jpg)
