¡Buenas nuevas! LP transmitirá en vivo y en directo una clase gratuita sobre el tema «Introducción al proceso de ejecución». La clase estará a cargo del procesal-civilista Fernando Medina Álvarez.
La tutela ejecutiva es la forma de tutela jurisdiccional más incomprendida en sede nacional. Esto se debe en gran parte a la deficiente regulación que recibe por parte del Código Procesal Civil de 1993, la cual ha impactado indefectiblemente en la doctrina y jurisprudencia. Teniendo en cuenta ello, la clase gratuita apuntará a los fundamentos del proceso de ejecución con la finalidad de establecer bases sólidas para su clara comprensión. De esta forma, el temario a desarrollar será el siguiente:
TEMA: INTRODUCCIÓN AL PROCESO DE EJECUCIÓN
a. La tutela ejecutiva
b. ¿El proceso único de ejecución?
c. Clasificación de los procesos de ejecución
d. Clasificación de las medidas ejecutivas
e. El título ejecutivo
f. Competencia ejecutiva
g. Partes y terceros en el proceso de ejecución
La clase se desarrollará este viernes 22 de julio a las 3 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase dejen sus números de WhatsApp en los comentarios.
Les recordamos que el miércoles 3 de agosto iniciamos el Diplomado de Código Procesal Civil y litigación oral que será dictado por los mejores especialistas. Este curso contará con la certificación der la Universidad Nacional Nacional Hermilio Valdizán (licenciada por Sunedu). Hasta el 25 de julio se podrá acceder a los beneficios del libro gratuito y pago en dos cuotas.
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![En virtud del principio «pro homine» se puede disminuir la pena de un joven condenado por violación sexual de menor cuando, debido a una prohibición legal, no se aplicó la responsabilidad restringida por edad (el procesado tenía entre 19 y 20 años al momento de los hechos) [Rev. Sent. NCPP 402-2023, Lima, FF. JJ. 10-12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El interés de un fiscal por la situación jurídica de su sobrino se convierte en patrocinio ilegal cuando, sin necesidad de representarlo formalmente, usa su condición para favorecer la posición jurídica de este (reclamó a los policías por la intervención, accedió a los actuados policiales con carácter de reserva, emitió opinión sobre la atipicidad del hecho, planteó un acuerdo a la agraviada y se comunicó con el fiscal [Apelación 354-2024, Del Santa, f. j. 8.6.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![La expresión «trata de esclavos y de mujeres» del artículo 6.1 de la CADH debe interpretarse en sentido amplio como «trata de personas», conforme al principio pro persona, y comprende (i) la captación, transporte, acogida o recepción de personas, (ii) mediante amenaza, uso de la fuerza u otra forma de coacción y (iii) con cualquier fin de explotación [Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil, ff. jj. 288-290]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: ¿Cuál es la finalidad del proceso de prorrateo de alimentos? [Exp. 03311-2014-PA-TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/Alimentos-LPDerecho-218x150.png)
![Procede abandono en proceso de nulidad de acto jurídico, al no tratarse de una pretensión imprescriptible [Casación 5280-2019, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/banner-mazo-audiencia-juicio-corte-imputado-acusado-detenido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VIVO] Omisión de alimentos y ambito penal (sábado, 9 MAY)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/e8df14bc-69c2-4bbb-9ac2-2623be1034b5-218x150.jpg)
![Dos acepciones del principio de imparcialidad: a) imparcialidad subjetiva (compromiso del juez con las partes y el resultado del proceso) y b) imparcialidad objetiva (influencia de la estructura del sistema en su imparcialidad) [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Cualquier persona está legitimada para interponer «hábeas corpus» en favor de un tercero individual o de una colectividad, ya que i) en determinados casos la persona agraviada podría estar imposibilitada de accionar por sí misma y, ii) este proceso no sólo tutela a la persona individual sino el interés de la sociedad en general (caso Lucianeti Pairazamán) [Exp. 01072-2023-PHC/TC, ff. jj. 87-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-ARTICULOS-CONSTITUCIONAL-LPDERECHO_cualquier-persona-tiene-legitimidad-218x150.jpg)

![Principales cambios al Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios [Resolución 00059-2026-SUNARP/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-GENERICO-SUNARP.LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [Actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/banner-Ley-General-de-Sociedades-2026-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nuevo TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General [2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-LIBRO-TUO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)












![[VIVO] Clase modelo sobre Posesión pacífica y continua en la prescripción adquisitiva de dominio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/CLASE-GRATUITA-JULIO-POZO-POST-1.jpg-218x150.jpeg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

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![Resolución es nula por requerir poder vigente de gerente general, ya que este goza de facultades por su solo nombramiento [Apelación 10007-2014, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/resolucion-es-nula-por-requerir-poder-vigente-de-gerente-general-ya-que-este-goza-de-facultades-por-su-solo-nombramiento-LPDerecho-324x160.jpg)