Mediante la Resolución Administrativa 000136-2021-P-CE-PJ, cesan por límite de edad a juez supremo Josué Pariona Pastrana.
Cesan por límite de edad a Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República
PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000136-2021-P-CE-PJ
Lima, 23 de diciembre del 2021
VISTO:
El Oficio Nº 000085-W-2021-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del señor Josué Pariona Pastrana, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución N° 036-2011-CNM, de fecha 28 de enero de 2011, el Consejo Nacional de Magistratura nombró al señor Josué Pariona Pastrana, en el cargo de Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Segundo. Que el cargo de Juez/a termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial.
Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 000085-W-2021-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; así como la partida de nacimiento y el documento de identidad que se adjunta en fotocopia, se verifica que el nombrado Juez nació el 26 de diciembre de 1951; y que el 26 de diciembre del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad.
Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se refiere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez/a cumple setenta años.
Quinto. Que, el señor Josué Pariona Pastrana ingresó a laborar en el año 1975 como amanuense del 4° Juzgado de Instrucción de la Corte Superior de Justicia de Lima; en 1977 fue designado Técnico en Abogacía I en la misma Corte Superior. Posteriormente, el 30 de marzo de 1978 fue nombrado Juez de Paz Letrado titular de la Corte Superior de Justicia del Callao. El 15 de noviembre de 1983 fue nombrado Juez titular del 44° Juzgado de Instrucción de la Corte Superior de Justicia de Lima. Asimismo, desde el mes de noviembre de 1989 hasta junio de 1994 integró como Vocal Superior Provisional la Corte Superior de Justicia de Lima. El 3 de junio de 1994 fue nombrado Vocal Superior titular de la referida Corte Superior; habiendo sido designado en cuatro oportunidades como Vocal Supremo Provisional. El 28 de enero de 2011 fue nombrado Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, en la cual se desempeñó como integrante de la Sala Penal Permanente, Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente; y actualmente Presidente de la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria.
También es pertinente destacar que fue designado encargado de la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial del 10 al 16 de febrero de 2014; y elegido Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, por el periodo 2015 – 2016.
Por estos fundamentos, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 27 de diciembre del año en curso, al señor Josué Pariona Pastrana en el cargo de Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; y otorgarle las gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Supremo titular, para las acciones respectivas.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta del Consejo Ejecutivo
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Peculado doloso por apropiación: No es posible atribuir, de forma conjunta, la ilegalidad de los actos administrativos a todos los funcionarios que intervinieron en el trámite, pues, al ser un delito de infracción de deber, la autoría es individual y recae en cada funcionario que incumple un deber específico [Casación 2160-2024, Huancavelica, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de la Mujer incurrió en especial agravio de adulta mayor —con deterioro cognitivo severo, en situación de abandono familiar y pobreza— al impedirle su ingreso oportuno a centro especializado, exponiéndola durante casi un año a enfermedades intrahospitalarias [Exp. 04158-2025-0, f. j. 5.13-5.15, 6.18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-2-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)



![El empleo de las contrataciones sujetas a procedimiento de selección no competitivo bajo la causal prevista en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley, se configura siempre y cuando se haya efectuado, de manera preliminar, la resolución o declaración de nulidad del contrato por las causales previstas en los literales a) y b) del literal 71.1 del artículo 71 de la Ley, siendo dicho estado jurídico un presupuesto habilitante para su aplicación; por lo que no resulta posible emplear el procedimiento de selección no competitivo previsto en esta causal antes de que se haya efectuado la resolución contractual o de la declaración de nulidad [Opinión D000065-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Osiptel: Norma de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones [Resolución 000132-2025-CD/Osiptel]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/osiptel-regulador-comunicaciones-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![Cesan por límite de edad a juez supremo Josué Pariona Pastrana [RA 000136-2021-P-CE-PJ] Cesan por límite de edad a juez supremo Josué Pariona Pastrana [RA 000136-2021-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Resolucion-Administrativa-000136-2021-P-CE-PJ-LPDerecho-1068x561.png)



![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento de la Ley que regula el acceso a la función pública para cargos de libre designación y remoción [Decreto Supremo 145-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/negociacion-colectiva-trabajadores-empresa-oficina-LPDerecho-100x70.png)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)

![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-100x70.jpg)





