Se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para crear más órganos jurisdiccionales en materia penal para atender procesos inmediatos, de flagrancia y anticorrupción; además de resolver causas civiles, de familia, contencioso administrativo, laboral, comercial, tributario, etc., a fin de ofrecer un oportuno servicio de justicia.
Lea también: Asignarían al Poder Judicial por lo menos el 4% del presupuesto nacional
1. Introducción
Mucha expectativa viene causando en predios judiciales, la pronta aprobación por parte del Congreso de la República del nuevo presupuesto general asignado para el Poder Judicial para el periodo 2018.
En efecto, su presidente, el Dr. Duberlí Rodríguez Tineo, viene afirmando que la asignación del actual presupuesto es ínfimo y no alcanza para cubrir las prioritarias necesidades del servicio de administración de justicia.
2. Desarrollo del tema
Por lo pronto la carga asignada en el Poder Judicial hasta fin de año es de 2 millones 516 mil 889 expedientes, de los cuales solo 1 millón 375 mil podrán ser resueltos, lo que representa el 55% de la carga procesal general, y 1 millón 141 mil 607 procesos judiciales quedarán sin atenderse en el presente año, lo que representa el 45% de la carga procesal.
El juez supremo titular Dr. Francisco Távara ha señalado que la cantidad asignada al Poder Judicial cada año resulta insuficiente para cumplir con todas las expectativas judiciales.
Es por ello que se viene planteando la aprobación del Proyecto de Ley que fije en un porcentaje no menor del 4% del Presupuesto General de la República, el monto que el Poder Ejecutivo asigne anualmente al Poder Judicial y esta iniciativa busca modificar el artículo 145 de la Constitución Política del Estado, a fin de que el Poder Judicial goce de autonomía en la elaboración presupuestal, tal como ocurre con el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo.
En tal sentido, no hay que perder de vista que el Poder Ejecutivo en materia presupuestaria siempre ha sido la cenicienta en la administración pública, y jamás su presupuesto general ha sobrepasado el 2%, por lo que esta situación ha generado aumento en la carga procesal y los más de tres mil magistrados no pueden darse abasto para resolver todas las causas.
Por lo pronto, se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para atender de manera urgente la puesta en vigencia del nuevo Código Procesal Penal, en los distritos judiciales donde aún funciona el vetusto Código de Procedimientos Penales de 1940 y así la lucha contra la inseguridad ciudadana sea más eficaz.
Se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para poner en vigencia a nivel nacional la nueva Ley Procesal del Trabajo y así los procesos laborales sean más rápidos y predecibles.
Se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para poner en funcionamiento a nivel nacional el expediente judicial electrónico, a fin de que la justicia sea más rápida, confiable y oportuna.
Se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para crear más órganos jurisdiccionales en materia penal para atender procesos inmediatos, de flagrancia y anticorrupción; además de resolver causas civiles, de familia, contencioso administrativo, laboral, comercial, tributario, etc., a fin de ofrecer un oportuno servicio de justicia.
Se necesita aumentar el presupuesto del Poder Judicial para incrementar de manera urgente las remuneraciones de todo el personal jurisdiccional y administrativo, como son secretarios, técnicos y especialistas judiciales, tantos años postergados, y equiparar sus sueldos con los de otros funcionarios del Sistema Nacional de Justicia.
Se espera que el Congreso de la República coincida en la necesidad de mejorar el presupuesto anual asignado al Poder Judicial, y además se solicite la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la viabilidad para la aprobación del Proyecto de ley que incrementa su presupuesto general en un porcentaje no menor al 4%.
3. A modo de conclusión
Diferentes países de la subregión andina otorgan al Poder Judicial un presupuesto muy por encima de otras instituciones públicas, en razón de que el servicio de justicia, cautela bienes jurídicos muy importantes como la vida, la libertad, la propiedad, el honor, la dignidad, la intimidad y la correcta administración de justicia.
En tal sentido, nuestras autoridades deben emular esta situación y con un mejorado presupuesto al Poder Judicial peruano, se aligerará de la carga procesal, se evitará la lentitud de la tramitación procesal, se brindará un mejor servicio de justicia al país, y la confiabilidad en la institución judicial será incrementada. Se corre traslado.
![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No es exigible que, en todas las actuaciones procedimentales contra altos funcionarios públicos, intervengan únicamente el fiscal supremo titular o el fiscal de la Nación, pues la actuación de los fiscales adjuntos supremos es legítima y se desarrolla en cumplimiento de la LOMP (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 8.6.2.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CASTILLO-PODER-JUDICIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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