Jurisprudencia del artículo 133 del Código Penal.- Conductas atípicas (injuria, calumnia y difamación)

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Artículo 133.- Conductas atípicas
No se comete injuria ni difamación cuando se trata de:

1. Ofensas proferidas con ánimo de defensa por los litigantes, apoderados o abogados en sus intervenciones orales o escritas ante el Juez.

2. Críticas literarias, artísticas o científicas.

3. Apreciaciones o informaciones que contengan conceptos desfavorables cuando sean realizadas por un funcionario público en cumplimiento de sus obligaciones.


Concordancias 

C: arts. 1, 2.7, 8, 23; 3; CP: arts. 3, 8, 9, 130-132, 134, 374, 425. 


Jurisprudencia del artículo 133 del Código Penal

  • Corte Suprema

    1. Derecho al honor: Criterios para determinar cuándo una expresión está dentro del ejercicio de libertad de expresión (doctrina legal) [AP 3-2006/CJ-116]. Link: bit.ly/3EJW29k
    2. NUEVO: Difamación: criterios de ponderación para evaluar cuándo una expresión está justificada [Casación 1033-2022, Lima Este]. Link: lpd.pe/pK9Qn
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    1. Condenar a abogado que imputa conductas reprochables a juez en la defensa de los intereses de sus clientes produce un «efecto disuasorio» [Rodríguez Ravelo vs. España]. Link: bit.ly/3YV2fqN
    2. Abogado que critica a fiscal no actúa dentro del deber de defensa de los intereses de sus clientes y solo excepcionalmente se acepta una sanción penal [Nikula vs. Finlandia]. Link: bit.ly/3XWBaCd
    3. Alegaciones contra una parte del proceso o un tercero que son ajenas a la causa, su defensa, irrelevantes y gratuitas no están protegidas por la libertad de expresión [Miljević vs. Croacia]. Link: bit.ly/3xNldDC
    4. Son críticas aceptables las formuladas por el abogado durante juicio respecto a las cualidades profesionales del investigador [Steur vs. Países Bajos]. Link: bit.ly/3Eztpeq
  • Derecho comparado

    1. Condiciones para eximir de responsabilidad las expresiones injuriantes de los litigantes, apoderados o defensores (Colombia) [Sentencia C-392/02]. Link: bit.ly/3YUcxXT

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