ANC suspende a Domingo Pérez por dar entrevistas sin permiso del MP y porque habría adelantado opinión en caso Toledo

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público resolvió suspender al fiscal José Domingo Pérez Gómez por presuntas infracciones administrativas vinculadas a declaraciones públicas sobre investigaciones en curso. La medida se sustenta en que habría brindado entrevistas sin autorización institucional y adelantado opinión respecto al caso del expresidente Alejandro Toledo.

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De acuerdo con la resolución emitida por la Dirección de Sanción de la Autoridad Nacional de Control, se declaró fundada la queja contra Pérez en su actuación como fiscal provincial del Equipo Especial de Fiscales que investigan delitos de corrupción de funcionarios vinculados a la empresa Odebrecht y casos conexos. El documento señala que el fiscal habría incurrido en una infracción administrativa muy grave prevista en el numeral 13 del artículo 47 de la Ley 30483.

La resolución sostiene que el magistrado habría incumplido lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 33 de dicha norma, así como lo establecido en el literal e) del artículo 114 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, que dispone que las entrevistas y ruedas de prensa institucionales deben ser organizadas y ejecutadas por la Oficina de Prensa y Relaciones Públicas cuando se actúe en representación de la institución.

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Según el documento disciplinario, Pérez habría ofrecido declaraciones públicas sin contar con la autorización correspondiente, lo que fue considerado una inobservancia de las disposiciones internas del Ministerio Público. Por estos hechos, la Autoridad Nacional de Control dispuso imponerle la sanción disciplinaria de suspensión por cuatro meses.

Asimismo, la resolución declara fundada otra queja contra el fiscal por una segunda infracción administrativa muy grave. En este caso, se le atribuye haber inobservado el numeral 20 del artículo 33 de la Ley de la Carrera Fiscal, que establece el deber de los magistrados de «guardar en todo momento conducta intachable».

El documento también invoca el numeral 13 del artículo 39 de la misma ley, que prohíbe a los fiscales adelantar opinión respecto a asuntos que conocen o deben conocer. Según la Autoridad Nacional de Control, esta conducta estaría relacionada con declaraciones sobre el proceso seguido contra el expresidente Alejandro Toledo.

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Por esta segunda infracción, el órgano disciplinario decidió imponer a Pérez una suspensión de seis meses, al considerar que la conducta constituye una falta administrativa muy grave dentro del ejercicio de la función fiscal.

La resolución también dispone remitir la propuesta sancionadora a la Jefatura Nacional de Control del Ministerio Público para los fines correspondientes conforme a ley. Además, se ordenó elevar los actuados a dicho órgano para la revisión del caso.

Finalmente, se dispuso notificar la decisión a los fiscales involucrados, quienes podrán interponer un recurso impugnatorio dentro del plazo de quince días hábiles desde la notificación, conforme a lo previsto en el Reglamento aprobado mediante la Resolución Administrativa 212-2025-ANC-MP-J.

El documento fue emitido por la Dirección de Sanción de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a cargo de la funcionaria Giliana Yanina Ortiz Zavaleta, quien dispuso registrar y notificar la resolución conforme al procedimiento disciplinario correspondiente.

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Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y estudiante de Derecho. Con experiencia en prensa escrita, cobertura en la sección de Actualidad y análisis noticioso con enfoque social. Hoy en el área de Redacción periodística de LP Derecho.