El Tribunal de Disciplina Policial dispuso la publicación de dieciséis nuevos precedentes sobre las normas disciplinarias de la PNP. Los acuerdos de la Sala Plena fueron aprobados a través de la Resolución 0010-2021-P-TDP/IN, publicado en el diario El Peruano el 1 de diciembre de 2021. Los temas abordados fueron los siguientes:
Tema 2: Precisiones sobre la etapa recursiva aplicables al cómputo del plazo de caducidad en los procedimientos administrativos disciplinarios policiales.
Tema 3: Lineamientos para solicitar el uso de la palabra en la etapa recursiva.
Tema 4: Notificación del informe administrativo disciplinario.
Tema 5: Elementos constitutivos de las infracciones Muy Graves MG-89 y MG-93.
Tema 6: Alcances y precisiones respecto a la infracción Grave G-53.
Tema 7: Valoración de la retractación efectuada por la persona agraviada en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios policiales iniciados por la presunta comisión de las infracciones Muy Graves MG-89 y MG-93.
Tema 8: Valoración de las pruebas donde el administrado reconoce su responsabilidad en los hechos imputados como infracciones.
Tema 9: Alcances de la infracción Muy Grave MG-69.
Tema 10: Sobre las infracciones administrativas autónomas relativas a la ingesta de bebidas alcohólicas y/o consumo de drogas ilegales.
Tema 11: Valoración del desistimiento efectuado por la persona agraviada en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios policiales.
Tema 12: Alcances de la infracción Muy Grave MG-52.
Tema 13: Alcances de la infracción Muy Grave MG-41.
Tema 14: Alcances de la infracción Muy Grave MG-92.
Tema 15: Determinación del superior jerárquico en los órganos disciplinarios que conforman el sistema disciplinario policial.
Tema 16: Determinación del concepto orden público y de los hechos que constituyen una afectación “grave” del mismo.
A continuación desarrollamos el tema 7:
Acuerdos de Sala Plena N° 01-2021
Tema 7:
Valoración de la retractación efectuada por la persona agraviada en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios policiales iniciados por la presunta comisión de las infracciones Muy Graves MG-89 y MG-93
Acuerdos:
1. Establecer que si los órganos de decisión han verificado la coherencia y precisión de la sindicación primigenia formulada por la persona agraviada contra el efectivo policial como autor del maltrato físico y/o psicológico que sufrió, y que los motivos que sustentan la retractación tienen como única y exclusiva finalidad que el efectivo policial rehúya su responsabilidad administrativo disciplinaria por la comisión de la infracción imputada, deberán concluir que no corresponde estimarla ni considerarla como un elemento absolutorio de responsabilidad.
El Informe de Sala Plena que sustenta el acuerdo puede visualizarse en el portal institucional del Tribunal de Disciplina Policial.
Descargue la resolución aquí
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![Precedente: constituye infracción muy grave incumplir normas técnicas de salud sin causa justificada [Acuerdos de Sala Plena 01-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/PNP-Policia-Nacional-del-Peru-oficial-LPDerecho-3-324x160.jpg)