Sujeto denunciado por golpear a una oveja hasta causarle la muerte

La abogada Beatriz Franciskovic Ingunza, especialista en temas de protección animal, a través de una nota publicada en el portal Ius 360, narró lo acontecido con una oveja que fue maltratada hasta perder la vida.

En el distrito de Chilca en Huancayo, los vecinos grabaron cómo el señor Maycol Curasma De la Cruz, en plena vía pública, agredió cruelmente a una pequeña oveja de nombre Lilo. El animal recibió más de veinte patadas del sujeto hasta perder la vida.

El hecho fue denunciado por la cuidadora de Lilo y el agresor fue llevado a la comisaría para las investigaciones de ley, donde se supo que alegó haber actuado así debido a que había tenido “un mal día”.

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Según cuenta Beatriz Franciskovic, el tío del investigado pidió que la denuncia contra su sobrino sea retirada, pero la cuidadora de Lilo se mantuvo firme en su decisión y, “el proceso legal continua por el acto cruel y despiadado en contra de un animal doméstico e indefenso que era tratado como un animal de compañía”.

El Ministerio Público y la defensa legal de Curasma —señala Franciskovic— han acordado tres años de prisión suspendida y una reparación civil de 3000 soles, además de terapias psicológicas por un tiempo de seis meses aproximadamente para el involucrado, acuerdo que deberá alcanzarse al Juzgado de Investigación preparatoria.

En la nota, la abogada pide que no prospere el acuerdo y que, al contrario, se aplique todo el rigor de la ley:

Esperemos que el Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria no apruebe dicho acuerdo y tenga en cuenta que se trata de un acto que constituye delito de crueldad animal y no un acto maltrato animal. Al ser un delito debe aplicarse el artículo 206-A del Código Penal cuya segunda parte de dicho artículo señala:

“Si como consecuencia de estos actos de crueldad o del abandono el animal doméstico o silvestre muere, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años, con ciento cincuenta a trescientos sesenta días-multa y con inhabilitación de conformidad con el numeral 13 del artículo 36”.

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