Fundamento destacado: CONSIDERANDO. […] este delito es eminentemente doloso; es decir, el agente debe tener la intención o voluntad de querer depredar los recursos naturales; en este caso de la fauna, consistente en huevos de quelonios que deben dar nacimiento a nuevos especímenes; que, en el caso de autos, el procesado Roberto Vásquez Maytahuari, a quien se le decomisó ciento trece huevos de taricaya, sostiene que estos recursos estaban destinados para su consumo ya que no tenía nada para alimentar a su familia, lo que era creíble porque se trata de un modesto agricultor de la zona y como es sabido la agricultura no genera los recursos necesarios para poder sobrevivir por lo que los campesinos y nativos de la selva acostumbran a cazar, capturar, recolectar o extraer animales en escasa cantidad para saciar el hambre como es de conocimiento público; en consecuencia no se aprecia en su conducta, la intención de querer depredar nuestros recursos naturales y afectar el medio ambiente […]
Distrito Judicial de Loreto
Exp. N° 98-0037-191605-SP-01
Iquitos, doce de Agosto de mil novecientos noventinueve.-
VISTOS; de conformidad en parte con el dictamen del Señor Fiscal Superior, obrante a fojas ciento once; por los fundamentos pertinentes de la apelada; y, CONSIDERANDO: que, la pena requiere de la responsabilidad penal del autor y está prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, conforme lo señala el articulo VII del Titulo Preliminar del Código Penal; pues bien, del estudio minucioso de todo lo actuado se advierte que el día primero de Agosto del año mil novecientos noventiocho los procesados Roberto Vásquez Maytahuari y Marde Pascual Correa Medina, fueron intervenidos en el Puerto de la ciudad de Requena por personal de la Policía Nacional en coordinación con la Dirección Sub Regional de Pesquería y la Municipalidad Provincial, siendo sorprendidos en posesión de ciento trece huevos de Taricaya el primero de los nombrados; y dos mil setenticinco huevos del mismo quelonio, al último de los nombrados; que, los huevos de quelonios de la especie ataricaya» son recursos naturales protegidos por la normatividad vigente, por lo tanto está prohibida su recolección, extracción o comercialización; que, cuando se contradice dicho mandato se está infringiendo el artículo trescientos ocho del Código Penal que tipifica el delito contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente; sin embargo, este delito es eminentemente doloso; es decir, el agente debe tener la intención o voluntad de querer depredar los recursos naturales; en este caso de la fauna, consistente en huevos de quelonios que deben dar nacimiento a nuevos especímenes;
[Continúa…]
![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

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