¿Qué se ha modificado en la detención en flagrancia? JNJ entrevista a Elmer Chávez Laquise 

El postulante Elmer Chávez Laquise participó en la reciente etapa de entrevistas personales de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para acceder a la plaza de juez de investigación preparatoria en Cusco. Durante su intervención, el actual fiscal adjunto provincial provisional especializado en delitos de corrupción de funcionarios en Puno, expuso que su principal motivación para postular a la judicatura es su vocación orientada a la lucha contra la corrupción y la correcta administración de justicia.

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Perspectiva procesal y optimización de audiencias

En el desarrollo de la sesión, Chávez realizó un análisis crítico sobre la aplicación del actual Código Procesal Penal, advirtiendo que, si bien es un modelo garantista, existen deficiencias prácticas que generan dilaciones burocráticas. El postulante señaló que los requerimientos fiscales para emplear técnicas especiales de investigación suelen sufrir retrasos significativos en la instancia judicial, afectando la celeridad y la efectividad que requieren los operativos de captura.

Frente a estas observaciones procesales y para hacer frente a la carga laboral, el candidato propuso como estrategia de gestión la verificación rigurosa y anticipada de las notificaciones procesales. Su plan de trabajo plantea que los especialistas y asistentes del juzgado confirmen la debida notificación de todas las partes procesales entre tres y cuatro días antes de la realización de las audiencias, con el fin de evitar reprogramaciones de último minuto y reducir los consecuentes gastos logísticos.

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Modificaciones a la detención en flagrancia

En el tramo final de la evaluación, el jurado interrogó al postulante sobre las recientes modificaciones legislativas dictadas por el Ejecutivo mediante facultades delegadas, específicamente en torno a la detención en flagrancia. Chávez detalló que la normativa procesal ha evolucionado históricamente pasando de un plazo de 24 a 48 horas, para finalmente ampliarse hasta un límite de 72 horas. El letrado sustentó que esta prolongación responde a la necesidad material de contar con tiempo suficiente para realizar los actos urgentes e inaplazables de investigación que permitan determinar proporcionalmente la situación jurídica del detenido.

Al ser requerido por la mesa evaluadora para que precise en qué supuestos rige esta normativa de excepción procesal, el candidato indicó que el plazo ampliado de 72 horas se aplica estrictamente para delitos vinculados a una alta peligrosidad. Finalmente, detalló que estas nuevas prerrogativas para la Policía Nacional aplican de forma específica en los ilícitos penales de extorsión, crimen organizado, sicariato, robo agravado y homicidio calificado.

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