¿Qué opina del derecho a la mujer a llevar el apellido de su marido? JNJ entrevista a Rene Armando Ccori Chávez

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) continuó con las entrevistas de la Convocatoria 004-2025-SN/JNJ, evaluando en esta ocasión al abogado René Armando Ccori Chávez. El candidato, quien se desempeña desde hace diez años como secretario judicial de la especialidad civil en la Corte de Lima Este, respondió a diversas interrogantes sobre su trayectoria y conocimientos técnicos. Durante la sesión, sustentó su formación académica destacando sus estudios de maestría en derecho civil y comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la culminación del curso PROFA.

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El apellido de casada y los derechos fundamentales

El enfoque principal de la evaluación dogmática giró en torno a una interrogante clave formulada por el colegiado: ¿Qué opina del derecho a la mujer a llevar el apellido de su marido?. Frente a esta consulta sobre la vigencia de dicho artículo del Código Civil en un contexto de empoderamiento femenino, Ccori Chávez explicó que este tema ha sido materia de dilucidación por el Tribunal Constitucional. El postulante enfatizó que esta disposición legal no constituye una orden imperativa, sino que es estrictamente una prerrogativa y un derecho facultativo que autoriza a los cónyuges a agregar el apellido si así lo desean.

Adicionalmente, el candidato fue consultado sobre otros aspectos relevantes del derecho civil, como la protección de la imagen y la voz de los funcionarios públicos, definiéndolos como derechos subjetivos fundamentales que cuentan con mecanismos de tutela resarcitoria y de cesación ante denuncias maliciosas. También se mostró a favor de la figura de la sucesión procesal, argumentando que si un demandante fallece durante un proceso de declaración judicial de indignidad, sus herederos tienen el derecho de continuarlo hasta que el juez emita una sentencia de mérito valorando el acervo probatorio.

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Evaluación conceptual y omisiones constitucionales

A pesar de la rigurosidad en los temas de derecho privado, para la comunidad jurídic resultó notoria la ausencia de interrogantes de índole histórico-constitucional en esta fase de la entrevista. Por ejemplo, el jurado no formuló la pregunta sobre por qué tenemos tantas constituciones a lo largo de nuestra historia republicana, una reflexión habitual en estos certámenes. En su lugar, el debate político-institucional se limitó a consultar si existían sectores ideologizados controlando el Ministerio Público y el Poder Judicial, premisa que el candidato rechazó categóricamente, defendiendo la necesidad de garantizar la independencia de los órganos autónomos para preservar los principios democráticos en un Estado social de derecho.

Finalmente, la entrevista abordó conceptos teóricos e instituciones del derecho notarial. El postulante sostuvo un debate con los integrantes sobre la diferencia sustancial entre acto jurídico y contrato, señalando que el primero puede abarcar temas extrapatrimoniales y ser de carácter unilateral (como el testamento), mientras que el segundo tiene fines preponderantemente patrimoniales. La sesión concluyó con preguntas sobre las sucesiones testamentarias e intestadas, donde Ccori Chávez destacó que la formalidad de redactar un testamento por escritura pública de puño y letra por el notario ha quedado atrás, adecuándose actualmente a los medios digitalizados

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Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y estudiante de Derecho. Con experiencia en prensa escrita, cobertura en la sección de Actualidad y análisis noticioso con enfoque social. Hoy en el área de Redacción periodística de LP Derecho.