Desde este portal nos hemos pronunciado en torno a la importancia de que la Corte Suprema emita pronto la resolución correspondiente para el caso que motivó el VIII Pleno Casatorio Civil. Y es que ha pasado más de un año y medio en el que los magistrados supremos no toman una decisión sobre el acto de disposición que se realiza sin el concurso de uno de los cónyuges, habiéndose incluso publicado ya el IX Pleno.
Lea también: A casi año y medio de realizada la audiencia del VIII Pleno todavía no hay sentencia
Pues bien, nos complace compartir con ustedes el proyecto de resolución del VIII Pleno Casatorio Civil, obtenido gracias al doctor Gunther Gonzales Barrón, quien gestionó ante el Poder Judicial, una solicitud de acceso a la información pública. Este documento ha sido trabajado por el consultor Walter Martínez Laura.
Lea también: La audiencia pública del VIII Pleno Casatorio Civil: un análisis
Antes de darles paso a la lectura, ponemos en el tapete dos interrogantes que el Dr. Gunther Gonzales se planteó en torno a la manera en la que la Corte Suprema viene resolviendo los plenos jurisdiccionales: «a) ¿es legal que el PJ pague por consultorías para que redacten “proyectos de sentencias”?; y, b) ¿es legal que terceras personas, ajenas al Poder Judicial, puedan conocer el expediente y opinar sobre los mismos, cuando la deliberación y votación solo le corresponde a los jueces de la causa?».
Lea también: El acto de disposición unilateral de bienes conyugales, por Gunther Gonzales Barrón
Finalmente, es preciso acotar que este documento es fiel al remitido por el Poder Judicial, no se ha mutilado ni modificado su contenido.