Como se recuerda, el 18 de julio se declaró en emergencia el Poder Judicial por 90 días. Habiéndose cumplido dicho periodo, el actual presidente del Poder Judicial, Victor Prado Saldarriaga, ha decidido ampliar este plazo por 45 días más.
Prorrogan plazo de emergencia en el Poder Judicial establecido en la Res. Adm. Nº 203-2018-CE-PJ
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 166-2018-P-CE-PJ
Lima, 5 de octubre de 2018
VISTAS:
Las Resoluciones Administrativas Nros. 199, 203 y 254-2018-CE-PJ de fechas 10 y 16 de julio; y 8 de agosto de 2018; 116, 122, 123, 124, 130, 135 y 142-2018-P-CE-PJ del 13, 16, 17, 17 y 28 de agosto; y, 4 y 18 de setiembre de 2018, respectivamente.
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 199-2018-CE-PJ del 10 de julio de 2018, entre otras disposiciones, se declaró en emergencia al Distrito Judicial del Callao, por el plazo de 60 días calendario.
Segundo. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 203-2018-CE-PJ del 16 de julio de 2018 se declaró en emergencia al Poder Judicial por el plazo de 90 días, comprendiendo a los órganos administrativos de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como a los Distritos Judiciales del país, Sala Penal Nacional, Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y a la Gerencia General del Poder Judicial; y se aprobó el Plan de Trabajo presentado por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Tercero. Que con fecha 26 de julio del año en curso, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el “Plan de Cambios Urgentes para el Poder Judicial”.
Cuarto. Que por Resolución Administrativa Nº 254-2018-CE-PJ del 8 de agosto de 2018, entre otras medidas, se aprobó el “Protocolo de Gestión y Actuación para las Visitas de los señores Jueces Supremos a las Cortes Superiores de Justicia del país”; aprobándose también el cuadro de Cortes Superiores de Justicia seleccionadas durante el periodo de emergencia judicial.
Posteriormente, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 116, 122, 123, 130, 135 y 142-2018-P-CE-PJ, de fechas 13, 16, 17, 28 de agosto, y 18 de setiembre del año en curso, se dictaron medidas complementarias para la programación de visitas a las Cortes Superiores seleccionadas.
Quinto. Que por Resolución Administrativa Nº 124-2018-P-CE-PJ del 17 de agosto de 2018 se modificó el artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 254-2018-CE-PJ; e incorporó en cada visita a las Cortes Superiores de Justicia a un personal de apoyo informático, que se encargará de las labores encomendadas por el Juez Supremo titular coordinador.
Sexto. Que estando a los informes emitidos por los señores Jueces Supremos titulares designados para realizar las visitas a las Cortes Superiores de Justicia seleccionadas durante el periodo de emergencia judicial, a efectos de realizar las acciones descritas en el “Protocolo de Gestión y Actuación para las Visitas de los señores Jueces Supremos a las Cortes Superiores de Justicia del país”, se considera pertinente prorrogar por 45 días calendario el plazo establecido en la Resolución Administrativa Nº 203-2018-CE-PJ del 16 de julio de 2018, a fin de completar el trabajo para adoptar las medidas administrativas que corrijan y superen la situación existente en el Poder Judicial.
Sétimo. Que el inciso 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno; con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar por 45 días calendario la emergencia en el Poder Judicial, contados a partir del vencimiento del plazo establecido mediante Resolución Administrativa Nº 203-2018-CE-PJ, que comprenderá a los órganos administrativos de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como a los Distritos Judiciales del país, Sala Penal Nacional, Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y a la Gerencia General del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Academia de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Sala Penal Nacional, Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Cortes Superiores de Justicia del país; Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA
Presidente