Mediante el Proyecto de Ley 6967-2023-CR, proponen declarar el 28 de diciembre de cada año como el «Día del Rock Nacional». La única disposición establece que el Ministerio de Cultura, en colaboración con los gobiernos regionales y locales, será responsable de gestionar, promover y llevar a cabo actividades conmemorativas relacionadas con las expresiones del rock nacional y sus destacados representantes.
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En la exposición de motivo de la propuesta legislativa se destaca la importancia del rock como un género musical que ha trascendido a nivel mundial desde su surgimiento en la década de los cincuenta. Se enfatiza su papel como expresión artística y cultural que refleja realidades sociales, culturales y políticas. El rock ha roto barreras culturales y generacionales, abordando temas como la vida, el amor, la libertad y la crítica a través de sus letras. Además, se resalta su impacto económico al impulsar el desarrollo de la industria musical y tecnológica, así como su influencia en la moda y otras industrias. Se mencionan figuras destacadas del rock y se concluye que este género va más allá de la música, siendo una auténtica expresión social y cultural difundida ampliamente a través de sus mensajes.
PROYECTO DE LEY QUE DECLARA EL 28 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA DEL ROCK NACIONAL
Artículo único. Declaración del «Día del Rock Nacional»
Se declara el día 28 de diciembre de cada ario como el «Día del Rock Nacional»
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Entidades encargadas
Se encarga al Ministerio de Cultura, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, dentro del ámbito de sus competencias y funciones, la gestión, promoción y actividades conmemorativas de las expresiones de rock nacional y sus principales exponentes.