Vamos a hablar acerca de los presupuestos de la medida de incautación y también sobre el trámite procesal para disponer una incautación. En cuanto a lo primero, los presupuestos según la norma procesal, son dos: indicios de criminalidad y peligro de la demora.
Cuando hablamos de los indicios de criminalidad, estamos haciendo referencia a que deben existir indicios, en buena cuenta elementos de convicción, que acrediten la ocurrencia de que estamos frente a bienes que van a servir para la probanza del delito, o bien frente a bienes sobre los cuales debe recaer una medida cautelar, con fines de que en el futuro se proceda al decomiso de los mismos, esto es, a la privación de la propiedad de los mismos de manera definitiva. Para esto deben existir elementos de comisión sobre dichos aspectos.
El segundo presupuesto tiene que ver con el peligro de la demora esto es que la información debe disponerse con la finalidad de evitar que los bienes se pierdan, desaparezcan o puedan ser dispuestos.
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