El congresista Carlos Enrique Alva Rojas, del grupo parlamentario Acción Popular, presentó un proyecto de ley que busca impedir la activación y el uso de chips telefónicos no registrados o de origen extranjero no autorizado en el territorio nacional. De acuerdo al legislador, objetivo de la medida es prevenir delitos como la extorsión, el fraude y otras modalidades ilícitas asociadas a las telecomunicaciones.
La iniciativa legislativa propone que ninguna línea móvil pueda activarse en el Perú si no es previamente declarada y verificada mediante documento de identidad válido. Esta obligación recae tanto en las empresas operadoras como en personas naturales, visitantes extranjeros y operadoras móviles virtuales que presten servicios en el país.
En el centro de la propuesta se establece la prohibición de toda activación automática de chips no registrados. En caso de detectarse intentos de activación no declarada, el sistema deberá inhabilitar automáticamente la línea, impidiendo su uso en redes nacionales. Asimismo, toda línea internacional que opere sin registro y sea detectada generando tráfico ilícito será bloqueada.
El proyecto también impone responsabilidades directas a las operadoras, que deberán verificar presencialmente la identidad de los usuarios y asegurar la trazabilidad de cada línea activa. En caso de incumplimiento, se prevé sanciones de hasta 100 UIT, así como responsabilidades civiles o penales.
En el ámbito de coordinación interinstitucional, se prevé una actuación conjunta entre OSIPTEL, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Policía Nacional, a fin de rastrear y neutralizar estas líneas no autorizadas que puedan representar una amenaza para la seguridad ciudadana.
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La norma contempla que las empresas operadoras dispongan de 120 días calendario para implementar mecanismos tecnológicos de bloqueo automático de chips no declarados. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar su aplicación en un plazo de 60 días desde su publicación.
La exposición de motivos alerta sobre el uso de líneas móviles activadas con datos personales robados, adquiridas de forma ilícita o vendidas por redes criminales. Según se detalla, «la facilidad con la que se accede y comercializa la identidad de los ciudadanos, sin un sistema sólido de validación biométrica, permite que los delincuentes sigan un paso adelante del sistema».
Entre los casos señalados como antecedentes figura una operación policial en Lima, donde se desarticuló una red que ofrecía chips preactivados con datos personales sustraídos, afectando a más de 1.500 personas. «Estas líneas eran vendidas a mafias dedicadas a secuestros, extorsiones, fraudes digitales y otros delitos de alto impacto social», precisa el documento.
Asimismo, advierte sobre modalidades recientes como el uso de chips internacionales no registrados, empleados para realizar llamadas desde el extranjero que no pueden ser rastreadas ni por las autoridades ni por las víctimas. Esta práctica ha sido identificada en regiones como Trujillo, donde se ha convertido en una estrategia común de bandas de extorsión:
La presente ley busca responder con firmeza ante esta modalidad criminal, estableciendo que ningún chip o línea telefónica móvil podrá ser activada si no ha sido previamente declarada ante el operador de servicios móviles, bajo identidad válida y con mecanismos de trazabilidad.
El proyecto considera además que su aplicación tendrá efectos positivos tanto cuantitativos como cualitativos. Se estima que podría reducir en el primer año el número de llamadas extorsivas y aumentar en un 50% la trazabilidad de las comunicaciones investigadas por la Policía Nacional. También se proyecta la validación de al menos 10 millones de chips bajo el nuevo sistema.
Proyecto de Ley 11650 – 2024 – CR
PROYECTO DE LEY QUE INHABILITA LA ACTIVACIÓN Y USO DE CHIPS TELEFÓNICOS NO DECLARADOS O DE ORIGEN INTERNACIONAL NO AUTORIZADOS EN EL TERRITORIO NACIONAL.
El Congresista de la República Carlos Enrique Alva Rojas, integrante del Grupo Parlamentario Acción Popular, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo establecido en los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso, presenta la siguiente iniciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE INHABILITA LA ACTIVACIÓN Y USO DE CHIPS TELEFÓNICOS NO DECLARADOS Q DE ORIGEN INTERNACIONAL NO AUTORIZADOS EN EL TERRITORIO NACIONAL.
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer medidas de control estricto sobre la activación de chips de telefonía móvil en el país, inhabilitando cualquier dispositivo no declarado o proveniente del extranjero sin autorización, a fin de prevenir su uso en actos ilícitos como extorsión o amenazas, en coordinación con OSIPTEL, el Ministerio del Interior, Ministerio de Transporte y comunicaciones y la Policía Nacional del Perú.
[Continua…]
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