La congresista Margot Palacios Huamán (no agrupada) presentó una iniciativa legislativa para modificar la Ley Universitaria 30220 y «garantizar» que los escolares, recién egresados, ingresen de forma gratuita y progresiva a las universidades públicas.
La propuesta establece un modelo que combina dos modalidades: ingreso libre, con base en el promedio académico de los estudios secundarios; e ingreso por examen de admisión, según el puntaje obtenido en las evaluaciones correspondientes. Ambas opciones serían gratuitas para los postulantes, al igual que la publicidad de los reglamentos de admisión:
Las vacantes de ingreso libre son ocupadas en orden según el promedio de rendimiento académico de los estudios secundarios de la Educación Básica Regular. Las vacantes de ingreso por examen de admisión son ocupadas en orden según el puntaje obtenido en las evaluaciones o pruebas correspondientes. Los postulantes pueden solicitar su admisión en cualquier universidad del país.
Las universidades realizan su proceso de ingreso a la universidad de modo gratuito. La publicidad del Reglamento de Admisión es gratuita.
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El proyecto plantea una implementación progresiva. En el primer año, las universidades de cada área geográfica de influencia cubrirían hasta el 20% de las vacantes para egresados de su región. Este porcentaje aumentaría paulatinamente, alcanzando el 40% en el segundo año, 60% en el tercero, y así sucesivamente hasta llegar al 100% de la población estudiantil egresada del área de influencia.
El documento también precisa que los postulantes pertenecientes a comunidades andinas, campesinas, amazónicas y pueblos originarios tendrían derecho a una reserva del 30% de las vacantes en los procesos de admisión por examen anual.
Proyecto de Ley N° 10001/2024-CR
SUMILLA: LEY QUE MODIFICA LA LEY
UNIVERSITARIA 30220 Y ESTABLECE EL
INGRESO LIBRE PROGRESIVO Y
GRATUITO A LAS UNIVERSIDADES
La Congresista de la República Margot Palacios Huamán, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107°de la Constitución Política del Perú, y conforme a lo establecido en los artículos 75° y 762 del Reglamento e¡ Congreso de ¡a República, presenta la siguiente propuesta legislativa:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la siguiente Ley:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY UNIVERSITARIA 30220 Y ESTABLECE EL INGRESO LIBRE PROGRESIVO Y GRATUITO A LAS UNIVERSIDADES
Artículo 1.- Objeto de la Ley
El objeto de la presente ley es modifica la Ley Universitaria 30220 para -establecer
el ingreso libre progresivo y gratuito a las universidades públicas nacionales.
Artículo 2.- Finalidad de la Ley
La finalidad de la presente Ley es garantizar a los jóvenes estudiantes egresados dela educación básica secundaria el derecho universal a la educación superior
universitaria.
Artículo 3.- Modificación de los artículos 97 y 98 de la Ley 30220 – Ley Universitaria
Modifíquese los artículos 97 y 98 de la Ley Universitaria, los mismos que quedan
redactados de la siguiente manera:
«Artículo 97. Estudiantes
Son estudiantes universitarios de pregrado quienes, habiendo concluido los estudios de educación secundaria, han solicitado su ingreso libre a la universidad y han alcanzado vacante en el proceso de selección por orden de mérito académico alcanzado en los estudios secundarios de la Educación Básica Regular o han postulado en el proceso de selección mediante examen anual de admisión a la universidad, y se encuentran matriculados en ella.
Los estudiantes de los programas de posgrado, de segunda especialidad, así como de los programas de educación continua, son quienes han aprobado el proceso de admisión y se encuentran matriculados.
En ambos casos se sujetan a lo dispuesto en los estatutos correspondientes. Los estudiantes extranjeros no requieren de visa para la matrícula; la misma que debe regularizarse antes del inicio del semestre lectivo siguiente.
[Continúa…]

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![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)






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