El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) publicó el listado de entidades que incumplieron con registrar sus órdenes de compra y servicio en el SEACE entre abril y agosto de 2025.
El organismo advirtió que las entidades tienen cinco días hábiles para subsanar la omisión, bajo apercibimiento de informar el hecho a la Autoridad de Gestión Administrativa y al Sistema Nacional de Control para las sanciones correspondientes.
La obligación de registro está prevista en la Ley N.º 32069, su reglamento y la Directiva N.º 007-2025-OECE-CD, que exige mantener actualizado el sistema de contrataciones públicas.
OECE
Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes
Comunicado N.º 015-2025-OECE
Entidades que han incumplido con el registro de información de órdenes de compra u órdenes de servicio en el SEACE
Las entidades están obligadas a registrar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los plazos establecidos, la información de las órdenes de compra u órdenes de servicio, inclusive aquellas que fueron anuladas, debiendo respetar el número correlativo establecido por cada entidad conforme a la Ley N.º 32069, Ley General de las Contrataciones Públicas, su Reglamento (aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF), y la Directiva N.» 007-2025-0ECE-CD «Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE», así como lo dispuesto en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aplicable para las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas hasta el 21 de abril de 2025.
En atención a lo señalado, el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en ejercicio de sus funciones previstas en el literal b) del numeral 11.3 del artículo 11 de la Ley, ha iniciado acciones de supervisión para verificar el cumplimiento de dicha obligación, en el período comprendido entre el 1 de abril de 2025 y el 31 de agosto de 2025.
Como resultado de la verificación, el OECE publica el «Listado de entidades que han incumplido con el registro de información sobre sus órdenes de compra u órdenes de servicio en el SEACE«, durante el periodo antes señalado; conforme al anexo adjunto al presente.
En consecuencia, se otorga a las entidades incluidas en el anexo del presente comunicado, el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación, para subsanar la omisión incurrida; caso contrario, se informará a la Autoridad de la Gestión Administrativa de cada entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes, así como al Sistema Nacional de Control, para las acciones que correspondan.




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