Cuando tienes un bebé, hay una serie de pasos básicos que debes seguir para que tu niña o niño pueda disfrutar de todos los beneficios de un ciudadano peruano. Aquí, te contamos cuáles son y para qué sirve cada uno:
1. Certificado de Nacido Vivo (CNV)
Primero, el recién nacido es registrado gratuitamente en el establecimiento de salud donde se atiende el parto. De esta manera, se genera el Certificado de Nacido Vivo, que identifica a la madre y al profesional que atendió el parto o cesárea. Este certificado es el requisito básico para conseguir el Acta de Nacimiento y la inscripción del niño en los Registros Civiles, además de permitir que pueda obtener su DNI posteriormente.
2. Certificado de discapacidad
Si tu hijo o hija nace con alguna discapacidad evidente, deberá tener un Certificado de Discapacidad que lo acredite. En los establecimientos de salud que atienden partos o recién nacidos, es obligatorio el registro de todo recién nacido que presente una discapacidad evidente o referirlo al establecimiento de salud con capacidad para atenderlo.
3. Acta de Nacimiento
Luego, la madre, padre o tutor del recién nacido tendrá un plazo de 60 días calendario, contados desde el día siguiente al que nació el bebé, para acercarse a una de las Oficinas Registrales de la Reniec y hacer la inscripción de nacimiento gratis. Aquí, deberá llevar el Certificado de Nacido Vivo original y exhibir su DNI, con lo que se podrá tramitar el Acta de Nacimiento. Este importante documento es el que acredita el nombre de una persona, le otorga la nacionalidad peruana, acredita sus vínculos de filiación y más. Asimismo, si te pasas de los 60 días de plazo, puedes hacer una inscripción de nacimiento extemporánea, tanto para menores como mayores de edad.
4. Documento Nacional de Identidad (DNI) para menores de edad
Si tu hijo, hija o un menor bajo tu tutela tiene de 0 a 16 años, podrás solicitar su DNI para menores de edad (amarillo) como su declarante en un Centro de Atención de RENIEC o un centro MAC. Uno de los requisitos para sacar este documento es el Acta de Nacimiento y, para tramitarlo, debes hacer un pago de S/ 16.00.
El DNI es el principal documento de identificación de los ciudadanos peruanos y les permite acceder a todos los servicios y beneficios del Estado, por lo que se debe portar siempre. Este brinda mecanismos de seguridad, ya que los datos del menor y de sus padres quedarán registrados en las bases de Reniec, lo cual permite una rápida identificación en casos de accidente o desaparición y permite un control seguro de traslado dentro y fuera del país.
Debes tener en cuenta que el DNI del recién nacido tiene una vigencia de 3 años. Luego de este tiempo, deberás renovarlo cuando cumpla 3 y 6 años de edad. Luego, el DNI tendrá una validez de 8 años.
5. Licencia de maternidad
La madre tiene un derecho a un descanso del trabajo por 14 semanas (98 días), que pueden ser divididos en 49 días antes del parto y 49 días después. La decisión del inicio de la licencia de maternidad debe ser comunicada al empleador dos meses antes del día probable de parto, como mínimo.
6. Subsidio por maternidad
Las aseguradas titulares que estén en actividad tienen derecho a un monto de dinero que compensará el tiempo que no trabajen después del parto y los primeros cuidados del recién nacido. Este es el subsidio por maternidad y se otorga a la madre por un periodo de 98 días. Ella puede decidir la fecha de inicio del descanso con la autorización de su médico, aunque normalmente debería iniciar 49 días antes de la fecha probable de parto. Además, este subsidio se podría extender por 30 días más en los casos de parto múltiple o menor con discapacidad.
7. Permiso por lactancia materna
Es el derecho que tiene una madre a una hora diaria de permiso por lactancia materna, desde el término del periodo postnatal de la licencia de maternidad hasta que el niño cumpla 1 año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso puede aumentar en una hora más al día. El horario del permiso deberá ser acordado entre la madre y su empleador.
8. Subsidio por lactancia
Cuando nace un niño o niña, EsSalud le otorga a la madre un monto de S/. 820.00, que tiene como fin contribuir al cuidado del recién nacido. Este es el subsidio por lactancia, que se puede solicitar en cualquier Oficina de seguros y prestaciones económicas si el titular tiene un vínculo laboral al momento del nacimiento del niño, quien ya debe estar registrado en RENIEC. Además, de ser un parto múltiple, el subsidio será por cada niño.
9. Licencia de paternidad
La Ley 30807 indica que el padre del recién nacido también cuenta con un tiempo de licencia remunerada en el trabajo, sea de actividad pública o privada, con la finalidad de que ambos padres puedan cumplir con alimentar y dar seguridad a los hijos desde sus primeros días. El tiempo de licencia por paternidad es de 10 días hábiles consecutivos.
La licencia por paternidad se ampliará a 20 días calendario consecutivos por nacimientos prematuros y partos múltiples. En tanto, si el bebé nació con una enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, o la madre tuvo complicaciones severas en su salud, la licencia será de 30 días consecutivos.
El inicio debe ser indicado por el trabajador y estar entre la fecha de nacimiento del menor y la fecha en que la madre o el menor son dados de alta. Esto se debe comunicar al empleador con una anticipación no menor de 15 días, respecto a la fecha probable de parto.
Fuente: www.gob.pe


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