En el Perú, el procedimiento por la comisión de faltas disciplinarias que se sigue en contra de los servidores públicos se denomina procedimiento administrativo disciplinario (PAD) y se regula por la Ley 30057 y su Reglamento. Este procedimiento en esencia consta de las siguientes etapas:
-
- Investigación preliminar
- Acto de apertura de PAD
- Escrito de descargos
- Actividad probatoria
- Informe final de instrucción
- Informe oral del servidor público (opcional)
- Acto que impone sanción disciplinaria
Este es el procedimiento administrativo disciplinario en primera instancia. En caso de interponerse recursos administrativos, estos dan lugar al procedimiento recursivo que comprende las siguientes etapas
-
- Recurso de reconsideración (opcional)
- Recurso de apelación
El acto administrativo que resuelve el recurso de apelación da por agotada la vía administrativa habilitando la posibilidad de presentar una demanda contencioso administrativa.
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Teniendo en cuenta estas etapas, en el presente texto ofrecemos, en orden e importancia para el procedimiento administrativo disciplinario, escritos y actos que realizan los servidores públicos y los órganos disciplinarios.
Ab initio, empezaremos con la denuncia administrativa (acto típico con el cual es posible iniciar de oficio un PAD), luego el informe de precalificación recomendando el inicio de PAD (emitido por el Secretario Técnico como acto de administración no vinculante), el acto de apertura de PAD (que puede estar contenido en una Resolución, cuando el órgano disciplinario tiene capacidad resolutiva, o en una carta, cuando el órgano disciplinario no tiene capacidad resolutiva), notificado con el acto de apertura, el servidor puede solicitar la prórroga del plazo para presentar sus descargos, el escrito de descargos del servidor civil, luego de la actuación probatoria el órgano disciplinario instructor emite el Informe final de instrucción, este informe es comunicado al servidor público, notificado con el informe final de instrucción el servidor público puede solicitar informe oral, con esto la autoridad disciplinaria sancionadora emite el acto que fija lugar, día y hora para informe oral, se emite el acto o resolución que impone sanción disciplinaria el que puede ser impugnado a través de un recurso de reconsideración o de apelación.
En este mismo orden ofrecemos los modelos de estos escritos y actos que le servirán de base para transitar por el PAD. El modelo forma parte del libro Curso de redacción administrativa, el cual ha sido elaborado por el docente José María Pacori Cari, quien forma parte de nuestra plana docente en el Curso de redacción de documentos administrativos y de gestión pública. Hasta el 18 de junio tienen el beneficio de recibir gratis el libro de redacción administrativa con más de 500 modelos de escritos.
Modelos de escritos y actos en el procedimiento administrativo disciplinario (PAD)
- Modelo de denuncia administrativa. Clic aquí.
- Modelo de informe de precalificación recomendando el inicio del PAD. Clic aquí.
- Modelo de acto de inicio de PAD a través de una resolución. Clic aquí.
- Modelo de acto de inicio de PAD a través de una carta. Clic aquí.
- Modelo de solicitud de prórroga para presentar descargos. Clic aquí.
- Modelo de escrito de descargos del servidor civil. Clic aquí.
- Modelo de informe final que emite el órgano instructor. Clic aquí.
- Modelo de comunicación del órgano sancionador al servidor civil. Clic aquí.
- Modelo de solicitud de informe oral ante el órgano sancionador. Clic aquí.
- Modelo de acto que fija lugar día y hora para informe oral. Clic aquí.
- Modelo de resolución que oficializa la sanción de amonestación escrita. Clic aquí.
- Modelo de resolución que impone sanción de suspensión. Clic aquí.
- Modelo de resolución que impone sanción de destitución e inhabilitación. Clic aquí.
- Modelo recurso de reconsideración contra el acto que impone sanción. Clic aquí.
- Modelo de recurso de apelación contra el acto que impone sanción de amonestación escrita. Clic aquí.
- Modelo de recurso de apelación al Tribunal del Servicio Civil. Clic aquí.
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