Modelo de acta de informe oral en procedimiento disciplinario a trabajadores 728, 276 y CAS

El abogado José María Pacori Cari, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad José Carlos Mariátegui, ha elaborado un modelo de acta de informe oral en procedimiento administrativo disciplinario (PAD).

El procedimiento administrativo disciplinario (PAD) es un procedimiento que se sigue en contra de los servidores o funcionarios responsables administrativamente de la comisión de presuntas faltas disciplinarias previstas en la Ley 30057 –Ley del Servicio Civil– y su Reglamento, aplicable actualmente a los trabajadores 276, 1057 (CAS), 728 (salvo obreros municipales y demás excluidos).

Este procedimiento tiene una etapa instructiva y otra sancionadora, la primera culmina con la remisión del informe instructor al órgano sancionador, quien comunica este informe al administrado investigado, este dentro del plazo de tres (3) días de notificado puede pedir un informe oral, a lo que la autoridad fija lugar, día y hora; en el día indicado se apersonan los participantes al informe oral, respecto del cual se debe de levantar un acta de diligencia de informe oral, siendo este el modelo que se ofrece a continuación, este modelo es adecuable a otros procedimientos administrativos disciplinarios especiales.


MODELO DE ACTA DE INFORME ORAL EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO (PAD)

EXPEDIENTE NRO: (…indicar el número del expediente…)

ACTA DE DILIGENCIA DE INFORME ORAL EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAD)

En Lima, a los 21 días del mes de mayo del 2020, en las instalaciones de (…indicar la denominación de la entidad…), Oficina de Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativos Disciplinarios (PAD) (…puede indicar la oficina del órgano sancionador…), siendo las (…) horas, estando presentes:

I. PARTICIPANTES EN EL ACTO DE INFORME ORAL

PARTICIPANTES EN EL ACTO DE INFORME ORAL Nombres y Apellidos Documento de Identidad Dirección
ÓRGANO SANCIONADOR (…) (…) (…)
SECRETARIO TÉCNICO (…) (…) (…)
ADMINISTRADO INVESTIGADO (…) (…) (…)
ABOGADO DEL ADMINISTRADO (…) (…) (…)
(…coloque a las demás personas que fueron citados o puedan participar en el informe oral, por ejemplo, otros administrados, abogados, testigos, peritos, etc…) (…) (…) (…)

II. BASE LEGAL

1. El artículo 167 del Decreto Supremo 004-2019-JUS – TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General – establece:

Las declaraciones de los administrados, testigos y peritos son documentadas en un acta, cuya elaboración sigue las siguientes reglas:

1. El acta indica el lugar, fecha, nombres de los partícipes, objeto de la actuación y otras circunstancias relevantes, debiendo ser formulada, leída y firmada inmediatamente después de la actuación, por los declarantes, la autoridad administrativa y por los partícipes que quisieran hacer constar su manifestación.

2. Cuando las declaraciones o actuaciones fueren grabadas, por consenso entre la autoridad y los administrados, el acta puede ser concluida dentro del quinto día del acto, o de ser el caso, antes de la decisión final.

3. Los administrados pueden dejar constancia en el acta de las observaciones que estimen necesarias sobre lo acontecido durante la diligencia correspondiente. 167.2 En los procedimientos administrativos de fiscalización y supervisión, los administrados, además, pueden ofrecer pruebas respecto de los hechos documentados en el acta.

2. El numeral 17.1 de la Versión Actualizada de la Directiva 02-2015-SERVIR/GPGSC – Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley 30057, Ley el Servicio Civil se indica:

Informe Oral. Una vez que el Órgano Sancionador recibe el informe del Órgano Instructor, el primero comunica tal hecho al servidor o ex servidor civil en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, a efectos de que este pueda -de considerarlo necesario solicitar un informe oral ante el Órgano Sancionador. La solicitud de informe oral debe ser presentada dentro del plazo de tres (3) días hábiles de notificado el servidor o ex servidor civil. El Órgano Sancionador atiende el pedido señalando lugar, fecha y hora, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Reglamento, debiendo tener en cuenta que el plazo para emitir pronunciamiento sobre la comisión de la falta es de diez (10) días hábiles, prorrogables por igual período de tiempo, debidamente sustentado. En el procedimiento de la sanción de amonestación escrita, la solicitud para informe oral se presenta con el escrito de descargos. El informe oral se realiza luego de la presentación de los descargos en un plazo de tres (03) días hábiles. Luego de ello, el jefe inmediato emite el informe final dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, prorrogables por igual período de tiempo, debidamente sustentado. El jefe inmediato remite el informe final al Jefe de Recursos Humanos para la oficialización de la sanción o lo que corresponda.

III. OBJETO DE LA ACTUACIÓN

Los participantes descritos anteriormente, se encuentran reunidos para llevar a cabo, el acto de diligencia de informe oral solicitado por el administrado investigado en el presente procedimiento administrativo disciplinario.

IV. CIRCUNSTANCIAS RELEVANTES

Iniciado el informe oral, este se lleva a cabo de manera regular observando los principios de inmediación y debido procedimiento administrativo, siendo circunstancias relevantes del mismo, las siguientes:

(…por ejemplo…iniciado el informe oral por parte del abogado del administrado investigado, el mismo refiere que existe una causal de eximente de responsabilidad por situación de fuerza mayor, por cuanto al momento de realizarse la presunta conducta infractora existía una situación de peligro de continuidad de los servicios públicos que presta la entidad…, también refiere que con el medio de prueba…adjuntado a su descargo, acredita la existencia de dicha causal; asimismo, finalizada su informe oral, solicitando se pida un informe al área de logística de la entidad para acreditar la compra realizada en la emergencia, situación que alega no se ha hecho pese a solicitarlo en su descargo…)

 (…también se puede hacer constar las manifestaciones de otros participantes…por ejemplo…en este estado, el Secretario del PAD pregunta directamente al administrado investigado si remitió documentos a su superior sobre el estado de emergencia y la necesidad de adquisición de bienes, a lo que el administrado respondió: si curse los documentos, una al Director del Hospital y otro a la Gerencia de Regional de Salud, comprometiéndose hacerlos llegar en el plazo de tres días a esta secretaría…)

 (…también se puede hacer constar las observaciones que realicen las partes a la diligencia de informe oral…por ejemplo…En este acto, el abogado del administrado investigado observa la diligencia de informe oral en el sentido que no debe de estar presente el otro administrado investigado quien acusa a su representado de ser enteramente responsable de las conductas investigadas…)

Finalizada la actuación de informe oral, se formula, lee y firma la presente acta por parte de los participantes en la diligencia de informe oral, con lo que concluyó la presente siendo las (…) horas del día (…), del mes de (…), del año (…), con lo que se firma como manifestación de conformidad.

Firma, nombres y Apellidos del Órgano Sancionador, Cargo, Sello

Firma, nombres y Apellidos del Secretario Técnico, Cargo, Sello

Firma, nombres y Apellidos del Administrado Investigado, DNI

Firma, nombres y Apellidos del Abogado del Administrado Investigado, Matrícula del Colegio de Abogados de (…)

(…consignar a los demás participantes con sus firmas, también dejar constancia de los que se negaron a firmar)

Descargue el modelo en PDF



Comentarios:
Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento «La Gaceta Jurídica» del diario La Razón (Bolivia). Fue catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle (Perú), catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui (Perú). Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa. Docente de LP Pasión por el Derecho, el portal jurídico más leído del Perú.