La Junta de Fiscales Supremos, en sesión del viernes 22 de diciembre de 2023, analizó los decretos legislativos publicados el 21 de diciembre de 2023, los mismos que contienen normas que vulneran las funciones constitucionales del Ministerio Público, para lo cual se ha conformado una comisión institucional que viene evaluando la interposición de las acciones legales pertinentes con el objetivo de hacer prevalecer el rol constitucional asignado al Ministerio Público.
Cabe puntualizar que el Ministerio Público, titular de la acción penal, en ningún momento fue convocado por el Poder Ejecutivo, para efecto de emitir opinión o posición institucional sobre el particular.
El Ministerio Público precisa que la potestad policial de la investigación del delito, consagrado en el artículo de 166 de la Constitución Política, no puede ser interpretado aisladamente y está vinculado con el inciso 4 del artículo 159 de la citada norma, la cual expresa que la Policía Nacional del Perú está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público. En tal sentido, la fiscalía seguirá cumpliendo su rol, de acuerdo con el modelo establecido por la Carta Magna.
Dicho rol conductor no debe ser afectado de modo directo ni indirecto; es decir, cambiando el articulado del Código Procesal Penal, de modo que parezca que se está respetando tal rol conductor, cuando en la práctica lo que se pretende es someter al Ministerio Público a los designios de la entidad que más bien debe brindarle su apoyo.
Lima, 27 de diciembre de 2023




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