Un libro escolar fue repartido por el Ministerio de Educación. El texto incluye un enlace que dirige a una página web con contenido sexual inadecuado. El libro fue repartido entre los estudiantes de 3° de secundaria, a nivel nacional.
El texto escolar «Desarrollo personal, ciudadanía y cívica», que ha sido repartido entre los estudiantes de 3° de secundaria a nivel nacional, incluye un link que direcciona a una página web con contenido sexual inadecuado. Ante esto, el Ministerio de Educación (Minedu) emitió un comunicado lamentando esta situación y pidiendo disculpas a los padres de familia.
Igualmente, la entidad ha señalado que ha iniciado un procedimiento de investigación para determinar responsabilidades.
Esta situación se presenta en la página 83 del texto en meción, en el se consigna un glosario en el que se define el término «conducta sexual». Sin embargo, al final se incluye un enlace corto a fin de que el estudiante pueda buscar más información sobre el tema
El link mencionado es: https://bit.ly/2K2cF22, el cual remite a la enciclopedia cubana EcuRed, en una página en los que se tratan conceptos sobre conducta sexual.
La controversia se ha suscitado debido a lo que esta web define el coito anal, como «una práctica que esta cobrando fama en nuestros nuevos gustos en lo referente a relaciones sexuales, consiste en la introducción del pene en el ano, tanto en relaciones hétero como homosexuales».
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Por su lado, la ministra Flor Pablo Medina aceptó el error en los textos en su presentación ante la Comisión de Educación en el Congreso. «Tienen razón (los padres) y por eso reconozco cuando señalan que hay contenidos que nada tienen que ver con el enfoque de género. Ahí hay una distorción que vamos a corregir. Yo me hago cargo de corregir esta situación que ha generado malestar», señaló la ministra del Minedu.
Cabe recordar que el Ministerio de Educación anunció, el pasado 31 de marzo, que hasta esa fecha se entregaron 49 107 527 libros escolares a las UGELes de todo el país y también que 34 484 847 libros ya fueron repartidos en diferentes colegios.
Minedu responde
A través de su cuenta de twitter, el Ministerio de Educación publicó en su cuenta de Twitter un comunicado en la que expresa las disculpas del caso a los padres de familia:
#COMUNICADO pic.twitter.com/fGBu8GLfZN
— MineduPerú (@MineduPeru) 8 de abril de 2019
![No corresponde aplicar la reducción de la pena por vulneración del plazo razonable sin considerar quién habría provocado dicha dilación, máxime si el imputado fue declarado reo contumaz —dilatando su situación jurídica— [RN 602-2025, Lima Sur, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-ESPOSAS-DINERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Falta de participación de la recurrente en la declaración preliminar de testigos protegidos —debido al carácter reservado de la investigación— no vulnera su derecho de defensa, porque esa limitación inicial se compensa con la posibilidad posterior de interrogarlos en juicio oral [Apelación 174-2025, Selva Central, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema reafirma que el acta de entrevista única en cámara Gesell no es inválida por el solo hecho de no haber sido realizada como prueba anticipada, siempre que haya sido incorporada válidamente al proceso y no se genere una afectación sustancial al derecho de defensa [Casación 1873-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/nina-abuso-agresion-sexual-violacion-violencia-LPDerecho-218x150.png)

![Los docentes universitarios contratados, incluso a plazo indefinido, no tienen derecho a la reposición si no ingresaron por concurso público de méritos, correspondiéndoles únicamente la indemnización [Cas. Lab. 5148-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)



![Cláusula penal por el desistimiento de la compra del inmueble equivalente al 30% del precio es abusiva [Resolución 642-2025/SPC-INDECOPI, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Los registros de asistencia deben incluir mecanismos de seguridad contra alteración, manipulación, deterioro o pérdida [Casación 4636-2023, Arequipa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
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