Las consecuencias de la intervención que vivió Nicolle Medina Sánchez siguen apareciendo. La joven ancashina, que cumplió recientemente 22 años en una fiesta donde fue intervenida por la policía, ha anunciado que denunciará a los efectivos policiales por daños psicológicos.
Recordemos que, además de ser intervenida, fue obligada a posar junto a su pastel en la dependencia policial. La foto en cuestión se hizo viral en redes y convirtió el caso en una tendencia basada en las burlas de los internautas.
Han pasado los días y la joven recién ha podido manifestarse directamente con los medios. En declaraciones recogidas por RPP, Nicolle manifiesta que se siente humillada por el trato policial.
La protagonista de la intervención afirma que los efectivos de la comisaria de Huarmey, liderados por el suboficial Otoya, actuaron mofándose de su situación. Le pedían que mirara a la cámara y que sonriera, a pesar de encontrarse afligida por los hechos que estaba viviendo.
Posteriormente, ella asegura que la llevaron a un calabozo donde la habrían amedrentado diciéndole que «la conocen«. Asimismo, un policía al que no puede identificar le habría dicho que «era muy bonita» y «quería presentarle a un compañero suyo«.
Nicolle reconoció su error al afirmar que no debió organizar una fiesta, aunque ella la consideró como «una reunión familiar». Resaltó, además, que fue organizada por su madre y solo contó con la presencia de tías suyas.
Pero finalmente agregó que no se puede tolerar el abuso y el bullying del que ha sido víctima según su testimonio. En la brevedad, presentará una denuncia por daños psicológicos, mientras evaluará que otras medidas puede tomar.
Actualización: 16/01//2021
La Defensoría del Pueblo se pronunció sobre la intervención policial a la joven Nicolle Medina Sánchez, quien celebraba su cumpleaños en un restaurante de Huarmey sin respetar las medidas de seguridad y dentro del toque de queda.
Como se sabe, el caso se hizo viral en redes luego de que los efectivos policiales fotografiaran a la detenida al lado de su torta de cumpleaños. Esto generó burlas y comentarios de todo tipo a través de las redes sociales.
La polémica llamó la atención de la Defensoría del Pueblo, quienes a través de su cuenta oficial de twitter le pidieron a la Policía Nacional del Perú iniciar las pesquisas sobre esta situación.
#Áncash Desde @Defensoria_Peru condenamos trato agraviante hacia una joven intervenida en la ciudad de #Huarmey. Instamos a Inspectoría de la @PoliciaPeru iniciar las investigaciones por difusión de foto junto a su torta de cumpleaños en dependencia policial. #LasPersonasPrimero pic.twitter.com/jVpthYGNiD
— Defensoría Perú (@Defensoria_Peru) January 16, 2021
En la publicación, el organismo instó a inspectoría de la policía a iniciar las investigaciones por la difusión de la foto de Nicolle junto a su torta de cumpleaños en dependencia policial. Definían además este hecho como un «trato agraviante«.
Recordemos que Áncash ha sido considerada como una región en el nivel de “Alerta muy alta” y desde ayer el toque de queda inicia a las 7 de la noche y culminará a las 4 de la madrugada. Otras medidas que se aplicarán a esta región son la restricción del tránsito vehicular y peatonal los domingos.
Nota original: 15/01/2021
No fue un cumpleaños feliz para Nicolle Medina Sánchez. La joven ancashina de 22 años fue intervenida cuando celebraba una fiesta en honor a su onomástico en pleno toque de queda y sin respetar las normativas de bioseguridad.
A pesar de la segunda ola de contagios de covid-19 anunciada por las autoridades, los amigos y familiares de la joven se reunieron en un restaurante de Huarmey. La música y el alcohol invadían el ambiente, en ausencia de la distancia recomendada y de las mascarillas bien puestas.
Efectivos de la comisaría llegaron al local guiados por el escándalo y las llamadas de los vecinos. Al llegar al lugar detuvieron a la joven, a quien llevaron a la dependencia policial junto con su torta de cumpleaños.
Un hecho que ha provocado la indignación de las personas es que se le haya tomado una foto en la que ella aparece posando con su torta, algo que muchas personas han considerado un maltrato humillante.
Nicolle y sus decenas de invitados fueron multados por incumplir las medidas establecidas para prevenir el contagio de la covid-19. La gravedad del asunto se intensifica al tener en cuenta que Áncash ha sido considerada en el nivel de “Alerta muy alta” por parte del Gobierno.

En esta región también se restringió el transito vehicular y peatonal los días domingos. Además de limitar el aforo de restaurantes (40%), gimnasios (20%) y tiendas .(30%)





![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)
![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)













![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-324x160.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-100x70.jpg)



![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-100x70.jpg)
