La Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) del Indecopi, en el marco de una permanente y continua fiscalización, dejó sin efecto el registro otorgado a cinco entidades administradoras y liquidadoras de deudores sometidos a concurso, por no haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 120 de la Ley General del Sistema Concursal.
Las entidades que han dejado de ejercer funciones de administrador o liquidador de deudores sometidos a procedimientos concursales, son las siguientes:
- Yuly Yanni Herrera Llamocca,
- Carrizales Infraestructura & Servicios Públicos Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.
- JM & V Consultores S.A.C.
- Consultores A-1 S.A.C.
- Caire Perú S.A.C.
La decisión se tomó luego que, a través de su Secretaría Técnica de Fiscalización, en el marco de sus competencias establecidas en la Ley General del Sistema Concursal, realizó una verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa concursal, para mantener el Registro de Administrador o Liquidador de deudores sometidos a procedimientos concursales.
La relación actualizada de entidades administradoras y/o liquidadoras hábiles para asumir procedimientos, así como las que fueron sancionadas con inhabilitación y las que tienen el registro cancelado puede ser consultada en este enlace: https://www.indecopi.gob.pe/cco-publicaciones en la sección denominada “Registro de Entidades Administradoras y Liquidadoras”. Esta lista es materia de revisión y seguimiento permanente por parte de la autoridad concursal.
En virtud de ello, se invoca a los partícipes del Sistema Concursal que revisen la relación actualizada de entidades administradoras y/o liquidadoras hábiles para efectos de tomar decisiones en las Juntas de Acreedores.
Fuente: Indecopi