Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación 3963-2016-MP-FN, publicada el 8 de setiembre de 2016 en el diario oficial El Peruano, se aprobó cuatro guías elaboradas en mérito a lo dispuesto por la Ley 30364, «Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar», que son las siguientes:
a. «Guía de Valoración de Daño Psíquico en Personas Adultas Víctimas de Violencia Intencional».
b. «Guía del Procedimiento de Entrevista Única a Víctimas en el Marco de la Ley N° 30364 para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; y, a Niños y Adolescentes Varones Víctimas de Violencia».
c. «Guía de Evaluación Psicológica Forense en caso de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y en otros casos de Violencia».
d. «Guía Médico Legal de Valoración Integral de Lesiones Corporales».
A continuación compartimos en formato PDF esta última, sin perjuicio de conseguir las otras.
El objetivo general de esta Guía es «estandarizar la metodología, terminología y procedimiento del examen médico legal, a efecto de elaborar informes periciales de valoración del daño corporal reflejados en la determinación de los días de asistencia o descanso médico legal acorde a las exigencias de las normas legales vigentes en el Perú».
Esta Guía es de conocimiento y aplicación obligatoria a todas las unidades orgánicas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses «Leonidas Avendaño Ureta» y de conocimiento para otras instituciones que realicen peritajes médicos a solicitud de la autoridad competente.
Las recomendaciones sobre la evaluación clínica médico legal y los parámetros valorativos cuantitativos que se incluyen en la «Tabla Referencial de Valoración Médico Legal» son referenciales y pueden variar a «criterio médico» del evaluador.
GUÍA MÉDICO LEGAL DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LESIONES CORPORALES
1. OBJETIVOS
1.1. OBJETIVO GENERAL
Estandarizar la metodología, terminología y procedimiento del examen médico legal» a efecto de elaborar informes periciales de valoración del daño corporal reflejados en la determinación de los días de Asistencia o Descanso Médico Legal acorde a las exigencias de las normas legales vigentes en el Perú.
1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1.2.1 Estandarizar los parámetros médicos legales a nivel nacional para la valoración del daño físico.
1.2.2 Estandarizar las técnicas del examen médico legal por lesiones en todas las unidades orgánicas del Instituto de Medicina Legal a nivel nacional.
1.2.3 Uniformizar la terminología y los criterios de valoración médico legal para la adecuada elaboración de los documentos técnicos.
1.2.4 Orientar al profesional médico de otras instituciones de salud» en los procedimientos a seguir para la valoración médica cuantitativa en días de Asistencia o Descanso Médico Legal,
1.2.5 Garantizar una atención pericial de calidad a los peritados y al sistema de administración de- Justicia peruano,
2. BASE LEGAL
2.1 Ley N° 30364: Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
2.2 Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP: Reglamento de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
2.3 Código Penal: Decreto Legislativo N° 635.
2.4 Código de Procedimientos Penales: Ley Nú
2.5 Código Procesal Penal: Decreto Legislativo N° 638.
2.6 Código Procesal Penal: Decreto Legislativo N° 957.
2.7 Decreto Legislativo N° 1194 que regula el Proceso Inmediato en casos de Flagrancia.
[Continúa…]
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![Rechazan suspender ejecución provisional de la pena: Si bien el condenado tiene arraigo domiciliario y familiar, y ha demostrado buen comportamiento procesal, la reciente pena impuesta (de especial gravedad), así como la magnitud del daño causado y la falta de arraigo laboral, constituyen elementos relevantes y concurrentes que permiten razonablemente inferir la existencia de peligro de fuga (caso Martín Vizcarra) [Exp. 00033-2020-32-5001-JR-PE-01, f. j. 6.31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/Martin-Vizcarra-Cornejo-LP-218x150.png)


![Hábeas corpus fundado porque juez aplicó reincidencia a persona que cometió dos delitos en tres días sin que, al momento de la comisión del segundo delito haya condena del primero [Exp. 00463-2025-0-1603-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Según las máximas de la experiencia en las regiones del sur, como Tacna y Puno, es usual el tráfico de mercaderías como contrabando al ser próximas a zonas de frontera [Casación 810-2016, Puno, f. j. 22.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre Control constitucional vía amparo: Casos controvertidos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-PUBLIO-JIMENEZ-BELMONT-BANNER-324x160.jpg)



![El tribunal superior debe pronunciarse sobre la reparación civil, confirmando, modificando o revocando dicho extremo, aun cuando haya absuelto a los procesados [Casación 767-2025, Puno, ff. jj. 9-10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre Control constitucional vía amparo: Casos controvertidos. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-PUBLIO-JIMENEZ-BELMONT-BANNER-100x70.jpg)
![La solicitud de «variación» de la prisión preventiva no está ajena a la valoración de nuevos elementos de convicción (caso Susana Villarán y otros) [Exp. 00036-2017-142]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/09/susana-villaran-LPDerecho-324x160.png)