El fiscal superior Reggis Chávez Sánchez presentó un informe a la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, en el que opina a favor de formalizar y continuar la investigación a José Domingo Pérez, fiscal integrante del Equipo Especial Lava Jato, por peculado de uso.
El caso inició tras una denuncia presentada por el abogado Luis Miguel Caya, exconsejero regional de Moquegua y militante aprista, en la que se atribuye a Pérez usar las instalaciones y los bienes de su despacho, por el plazo de una hora con veinte minutos, para ejercer su autodefensa en una causa penal propia pese a encontrarse en horario laboral.
El informe elaborado por Chávez Sánchez, de la Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima (Lima Centro), recoge lo siguiente:
De la valoración razonada y conjunta de los elementos de convicción descritos, se advierte que el magistrado José Domingo Pérez Gómez, en su calidad de Fiscal Provincial Titular Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, a título de autor, presuntamente habría incurrido en utilización indebida (peculado de uso) de bienes del Estado, el día 29 de mayo, al haber empleado las instalaciones de su despacho fiscal y el mobiliario de tal despacho, para ejercer su autodefensa en una causa penal propia (dentro del Expediente 24-2024), en el proceso que se le sigue por el presunto delito de cohecho pasivo específico, en agravio el Estado, durante el horario de trabajo, esto es, desde las 09:36 a. m., con una duración de una hora, veinte minutos y dieciocho segundos (1:20:18), configurándose así el presunto delito de peculado de uso, contemplado en el primer párrafo del artículo 388 del Código Penal.
Más información Inscríbete aquí
El informe señala que esta utilización, presuntamente efectuada durante la audiencia de tutela de derechos del 29 de mayo de 2024, en actividades distintas a la función pública, sería una transgresión de la Ley 27815 – Código de Ética de la Función Pública. Por ello, el fiscal superior opinó a favor de autorizar la acción penal contra Pérez Gómez.
Lea más | Tutela de derechos presentada por fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela
El último 14 de febrero, el fiscal Pérez Gómez fue citado a declarar en su proceso por presunto peculado. El caso, no obstante, tiene origen en una audiencia realizada en el marco de la investigación contra el funcionario por el presunto delito de cohecho pasivo específico.
Este proceso en cuestión, que también involucra al fiscal Rafael Vela y al periodista Gustavo Gorriti, se centra en los dichos de Jaime Villanueva ―en calidad de testigo protegido―, asesor de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides, quien «narró una serie de actos irregulares, que se llevaron a cabo dentro de las instalaciones del Ministerio Público», que involucran a los mencionados.






![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-100x70.jpg)

![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-100x70.jpg)
![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)






