En una nota elaborada por el portal Sudaca, que dirige el periodista Juan Carlos Tafur, se informa que, hacia el año 2019, el fiscal Jesús Fernández Alarcón solicitó que se registre las llamadas y los mensajes de texto de un grupo de veinte personas, entre las cuales se encontraban algunos magistrados supremos.
Lo interesante del caso, según la nota de Sudaca, es que en agosto de este año, luego de haber recibido los reportes de los operadores telefónicos, el fiscal pidió dejar sin efecto el rastreo.
Hace dos años, el doctor Fernández, fiscal supremo provisional del caso Los Cuellos Blancos, requirió al juez Hugo Núñez Julca autorizar el levantamiento del secreto de las comunicaciones de doce personas identificadas y vinculadas con la presunta red criminal de jueces y fiscales.
En ese pedido, Fernández también requirió que se identifique a los titulares de veinte teléfonos móviles en los siguientes términos:
El detalle del tráfico de llamadas (entrantes y salientes) y mensajes de texto (SMS) con indicación de fecha, hora y tiempo de duración de las llamadas, información sobre celdas empleadas, ubicación por celdas activas de las llamadas entrantes y salientes en el período antes referido e identificación de los abonados que realizan las llamadas entrantes a salientes (generales de ley) y de los mensajes de texto (SMS) vinculados con los usuarios y números telefónicos materia de limitación del derecho.
El juez Núñez Julca accedió al pedido y las compañías de telefonía celular América Móvil (Claro), Entel y Telefónica (Movistar) enviaron, en el tramo de dos años, los nombres de los titulares de los veinte teléfonos y sus correspondientes registros históricos de llamadas. Lo interesante es que entre los titulares de esos números se encontraban algunos jueces supremos.
Ahora bien, en un escrito de agosto de este año, el fiscal refirió que fue debido a un error en la redacción que se pidió la identidad de los titulares de los veinte números telefónicos; por lo que pide la exclusión de esa información:
De otro lado, cabe advertir que en nuestro requerimiento de fecha21.05.2019, por error en la redacción, además del pedido de identidad de los titulares ya mencionado, se consignó en la parte conclusiva del requerimiento, el tráfico de llamadas de los mencionados números telefónicos; no obstante, las empresas de telefonía remitieron los registros históricos de dichos números telefónicos […].
El tema es harto interesante que amerita un debate académico. ¿Cuál es el impacto de esas escuchas telefónicas?

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