Sumario. 1. Introducción; 2. Definición de la ficha de valoración de riesgo; 3. ¿Cómo llenar correctamente la ficha de valoración de riesgo?; 3.1. Instrucciones generales; 3.2. Instrucciones específicas para llenar la ficha de valoración de riesgo; 3.3. Calificación del nivel de riesgo; 3.4. Culminación de la valoración del riesgo; 4. Importancia de la ficha de valoración de riesgo en los procesos por violencia contra las mujeres al amparo de la Ley 30364; 5. Conclusiones.
1. Introducción
Según el estudio Feminicidio y Violencia contra la Mujer 2015-2020, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de cada 10 mujeres en el Perú, 5 fueron víctimas de actos de violencia cometidos por el esposo o conviviente (54,8%). En cuanto al tipo de violencia que padecieron, se registró que en la mayoría de casos se cometió violencia psicológica y/o verbal en contra de ellas (50,1%). Asimismo, se da cuenta de que las mujeres fueron víctimas de violencia física (27,1%) y violencia sexual (6%); en este último caso, la persona agresora fue la pareja conyugal [1].
En el contexto de la pandemia por el covid-19, fuimos testigos además del aumento del número de denuncias realizadas ante la Línea 100 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), por hechos de violencia en sus distintas modalidades. El número de llamadas superó con creces el número registrado en tiempos previos a la pandemia [2]. Y es que el confinamiento dispuesto por el Estado peruano tuvo un impacto directo sobre las víctimas de violencia, ya que implicó quedarse en sus hogares, los cuales representaban en muchos casos un lugar de mayor peligro para ellas: allí convivían al lado de su agresor [3].
En vista de esta realidad, se tornan de vital importancia los instrumentos normativos relacionados a la lucha contra la violencia de género y, en concreto, la violencia contra las mujeres en nuestro país. Uno de esos instrumentos es la Ley 30364 que se publicó el 23 de noviembre del 2015, cuyo Texto Único Ordenado respectivo fue aprobado mediante Decreto Supremo 004-2020-MIMP. Asimismo, con posterioridad el Reglamento de la Ley 30364 fue aprobado en el 2016 a través del Decreto Supremo 009-2016-MIMP. Hay que señalar que la aprobación de la citada ley encuentra justificación en las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano, al suscribir la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) así como la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará).
De acuerdo al artículo 1 del TUO de la Ley 30364, esta norma tiene como finalidad prevenir, erradicar y sancionar toda manifestación de violencia que se produzca contra las mujeres por su condición de tales y contra los integrantes del grupo familiar. Para cumplir este objetivo, la citada ley establece un conjunto de mecanismos, medidas y políticas de prevención, atención y protección de las víctimas. De modo que se garantice a las mujeres e integrantes del grupos familiar una vida libre de violencia así como el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales [4].
Una de esas medidas consiste en el uso de la ficha de valoración de riesgo frente a las denuncias efectuadas por las personas protegidas por la Ley 30364, esto es, las mujeres y los integrantes del grupo familiar. En las siguientes líneas desarrollaremos con mayor detalle los aspectos conceptuales y prácticos de la ficha de valoración de riesgo.
2. Definición de la ficha de valoración de riesgo
De acuerdo al artículo 4, numeral 8, del Reglamento de la Ley 30364, la ficha de valoración de riesgo se define como un instrumento que aplican determinadas autoridades del sistema de justicia. Estas son tres: la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público y el Poder Judicial. Es importante resaltar que la víctima nunca puede llenar la ficha por sí misma.
La finalidad de la ficha de valoración de riesgo consiste en detectar y medir los niveles de riesgo a los que la víctima está expuesta respecto de la persona denunciada. Asimismo, hay que indicar que la aplicación y valoración de la ficha hace posible el otorgamiento de medidas de protección a favor de las víctimas [5]. Con ello se busca prevenir la ocurrencia de nuevos actos de violencia que involucren la integridad así como la vida de las mujeres denunciantes. En este último caso, nos referimos al feminicidio que es la máxima expresión de violencia perpetrada en contra de las mujeres por su condición de tales.
Por otra parte, debemos mencionar que el Decreto Supremo 009-2016-MIMP aprobó, a parte del Reglamento de la Ley 30364, un total de tres modelos de ficha de valoración de riesgo relativos a: i) mujeres víctimas de violencia de pareja, ii) niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia en el entorno familiar, y iii) personas adultas mayores víctimas de violencia familiar. Para completar la ficha de valoración de riesgo en cada grupo, se ha previsto además un instructivo conformado por pautas generales y específicas que las autoridades responsables deben seguir.
En las líneas siguientes, nos centraremos en desarrollar, de forma sucinta, los pasos que se deben seguir para llenar la ficha de valoración de riesgo en casos de mujeres víctimas de violencia de pareja.
3. ¿Cómo llenar correctamente la ficha de valoración de riesgo?
El instructivo aprobado por el Decreto Supremo 009-2016-MIMP estableció una serie de instrucciones generales que las autoridades responsables (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Poder Judicial) deben observar cuando reciben una denuncia por hechos de violencia contra las mujeres en el marco del TUO de la Ley 30364. A su vez, este instructivo reguló un conjunto de directrices específicas para completar la ficha de valoración de riesgo. En este punto, debemos precisar que en diciembre del 2019 el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) actualizó el contenido de la ficha de valoración de riesgo para casos de mujeres víctimas de violencia de pareja así como el contenido del instructivo en mención, a través de la Resolución Ministerial 328-2019-MIMP.
En adelante, haremos alusión a esta última versión actualizada de la ficha y el instructivo, respectivamente.
[Continúa…]

![[VIVO] Clase modelo sobre cuestión previa y cuestión prejudicial. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-JULIO-CESAR-TAPIA-POST-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre la etapa intermedia y la acusación fiscal. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-JORGE-LUIS-TEMPLE-TEMPLE-POST-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)

![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Elecciones generales 2026: Reniec permitirá a jóvenes votar con DNI amarillo [Resolución Jefatural 000039-2026/JNAC/Reniec]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/dni-menores-edad-proyecto-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Establecen disposiciones para garantizar el acceso temporal al agua potable en zonas de riesgo no mitigable [DS 004-2026-Vivienda] acceso agua potable - LPderecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Agua-potable-LPderecho-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Declaran ilegal que Municipalidad de Lima exija contar con código catastral o numeración diferenciada para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

