El chef peruano Rodrigo Fernandini desató controversia al publicar un video preparando «Zarapatera de Motelo». Este es un plato tradicional amazónico con tortuga motelo, un animal catalogada como especie vulnerable, según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), una institución internacional dedicada a la conservación de recursos naturales.
Ante la indignación pública, eliminó el video y se disculpó, asegurando desconocer la condición de protección de la especie. A pesar de ello, el Ministerio Público inició una investigación preliminar por el presunto delito de depredación de flora y fauna silvestre.
El consumo de animales silvestres no es un incidente aislado: en algunas zonas del Perú se consumen gatos. En su momento, en El Gran Chef Famosos, reconocido programa televisivo de cocina, se prepararon «chicharrones de ancas de rana» utilizando ejemplares protegidos del género Telmatobius.
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) rechazó esta práctica y recordó que dichas especies están protegidas por el Estado, prohibiendo su captura, transporte y consumo.
❌ Nuestra fauna silvestre no es un ingrediente. 📢 Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Alto Amazonas, Loreto, inició investigación preliminar contra ‘tiktoker’, quien habría utilizado una tortuga motelo de patas amarillas, especie silvestre catalogada como vulnerable, en una de sus recetas culinarias. 👇🏻🎥 Más detalles en nuestro video.
Consumo de animales silvestres: ¿Qué dice la normativa peruana?
De acuerdo al Ministerio Público, se inicia la investigación por el presunto delito de depredación de flora y fauna silvestre, conforme al artículo 308-C del Código Penal, ya que la tenencia de la tortuga motelo está prohibida y sancionada, al estar catalogada como especie silvestre en estado vulnerable:
Artículo 308-C.- Depredación de flora y fauna silvestre: El que caza, captura, colecta, extrae o posee productos, raíces o especímenes de especies de flora y/o fauna silvestre, sin contar con la concesión, permiso, licencia o autorización u otra modalidad de aprovechamiento o extracción, otorgada por la autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años y con cincuenta a cuatrocientos días-multa.
LP entrevistó a dos abogados especializados en derecho animal y ambiental para responder a la siguiente pregunta: ¿Es legal consumir tortugas y gatos en Perú?
César Ipenza Peralta
El abogado especialista en derecho ambiental, César Ipenza, comentó para LP Derecho señaló que en ocasiones los influencers no comprenden lo que implican estas prácticas con especies vulnerables.
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre solo habilita a las comunidades nativas y ribereñas a consumir animales silvestres, según lo establecido en el artículo 81, que autoriza el uso de recursos forestales y de fauna silvestre con fines domésticos, de autoconsumo o subsistencia. Ningún otro cocinero que no pertenezca a una comunidad nativa, como Rodrigo Fernandini, podría utilizar una tortuga motelo para elaborar sus platillos.
Artículo 81. Uso de los recursos forestales y de fauna silvestre con fines domésticos, de autoconsumo o subsistencia:
Es el aprovechamiento de los recursos de la flora y fauna silvestre necesario para la supervivencia individual o familiar de los integrantes de una comunidad nativa. No requiere título habilitante forestal o de fauna silvestre ni planes de manejo. Se regula por los acuerdos de la asamblea comunal.
En cuanto al consumo autorizado a las comunidades nativas, el abogado César Ipenza explica que la ley establece límites claros, permitiéndolo únicamente como medio de subsistencia:
La ley es clarísima: es para autoconsumo y no puede ser comercializada. Debemos entender que muchas comunidades tienen un aprovechamiento tradicional y ancestral de esos recursos para su subsistencia. Y en eso debemos tener claro el concepto de subsistencia, que no involucra comercializar, vender ni proveer a un restaurante, por ejemplo.
Sobre el caso del cocinero Rodrigo Fernandini, quien se disculpó públicamente por haber preparado una receta culinaria con una especia vulnerable, el abogado sostuvo de forma categórica que el desconocimiento de la ley no lo libra de responsabilidad penal.
(…) No reflexionamos sobre lo que implica el tráfico de estos animales en los ambientes naturales. Muchas veces vemos una tortuga, pero no sabemos cómo ha llegado esa tortuga o esa especie al mercado, ni qué ha significado, en algunos casos, extraerla de sus espacios naturales o áreas protegidas. (…) Los ciudadanos tenemos la obligación de cumplir la ley, y la ignorancia o el desconocimiento no eximen de responsabilidad.
Tampoco se puede consumir gatos
Los animales de compañía están protegidos por la Ley de Protección y Bienestar Animal, que prohíbe atentar contra ellos, incluyendo su crianza y consumo humano, como ocurre con el gato o el perro, explicó BeatrizFranciskovic, abogada especialista en derecho animal.
Beatriz Franciskovic
La abogada explicó que el consumo de gatos también está prohibido en el Perú. La norma es clara: queda prohibido atentar contra animales de compañía. Esto configura un supuesto de maltrato animal.
(…) Tenerlos como animales de compañía y después terminar consumiéndoles denota una conducta reprochable, ese acto es catalogado como maltrato animal según la Ley 30407. El ser humano debe tener un comportamiento ético y moral con los animales de compañía a cambio de todo lo que ellos nos brinda, amor, afecto, acompañamiento y fidelidad.
En concreto, el artículo 27 de la Ley 30407 prohíbe atentar contra los animales de compañía, así como su crianza y uso con fines de consumo humano:
Artículo 27.C Prohibición de atentar contra animales de compaña Queda prohibida toda práctica que pueda atentar contra la protección el bienestar de animales de compañía, tales como:
La crianza y el uso de animales de compañía con fines de consumo humano.
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