El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dispuso hoy que el expresidente de la República, Ollanta Humala Tasso, solo podrá ausentarse del lugar de su residencia, cambiar de domicilio o salir del país, si obtiene una autorización judicial.
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Así lo resolvió el juez Richard Concepción Carhuancho, al declarar fundado el pedido del Ministerio Público para que se varíe la regla de conducta inicial que se le impuso (dar aviso al juez), cuando pretenda establecerse en un lugar diferente de donde reside actualmente.
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El cambio de la norma de conducta se enmarca dentro de la investigación preparatoria que se le sigue al exmandatario, por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.
[Peligro de fuga]
Concepción Carhuancho considera que la exigencia de la autorización judicial para salir del país, es una medida eficaz, cumple con la finalidad del mandato de comparecencia con restricciones de evitar el peligro de fuga y permite un control judicial del investigado.
Además, estableció que en el caso concreto del expresidente se ha intensificado el peligro de fuga, que se evidencia en dos poderes notariales, ambos de fecha 22 de noviembre de 2016. En el primero, Heredia Alarcón faculta a su esposo Ollanta Humala para que viaje con sus menores hijos, o con una persona que este designe, al interior o exterior del país, sin limitación alguna; y en el otro, ambos esposos otorgan la misma potestad a Rosa Elena Heredia Mendoza.
El magistrado, asimismo, dispuso que la nueva norma de conducta se ejecute de inmediato, aunque esta sea apelada ante la instancia judicial superior, en aplicación del principio de ejecución provisional de las decisiones judiciales, que contempla el artículo 412 numeral 1 del Código Procesal Penal.
Igualmente ordenó que se remita un oficio a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a fin de que registre en su base de datos, bajo responsabilidad, que el exjefe de Estado solo puede salir del país si presenta la correspondiente autorización judicial.
Fuente: Poder Judicial

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