Examen PROFA: 10 preguntas sobre Indecopi

Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 30 les dejamos aquí estas 10 preguntas sobre Indecopi del del temario Profa ¿Se animan a resolver las preguntas?

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INDECOPI


A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la investigación preparatoria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.

1. En el régimen de derecho de autor, la protección de los derechos morales reconoce prerrogativas inalienables, irrenunciables e imprescriptibles del autor sobre su obra, como el derecho de paternidad y el derecho a la integridad. ¿Cuál de las siguientes situaciones vulnera directamente el derecho moral del autor reconocido en la legislación peruana e internacional? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. Distribuir copias de la obra con autorización del autor.
b. Reproducir un fragmento de la obra con fines académicos y cita adecuada.
c. Alterar sustancialmente el contenido de una obra sin el consentimiento del autor, afectando su mensaje u orientación original.
d. Negarse a reimprimir una obra por razones comerciales.

2. La razonabilidad es un principio esencial que complementa el criterio de legalidad en la evaluación de barreras burocráticas. Bajo esta perspectiva, una exigencia impuesta por una entidad administrativa puede ser considerada irrazonable, incluso si está prevista normativamente. ¿Cuál es un ejemplo de una barrera razonablemente cuestionable por su carácter desproporcionado en relación con el objetivo público que persigue? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. Solicitar copia del RUC al iniciar un trámite comercial.
b. Exigir estudios de impacto ambiental para abrir una bodega en zona urbana residencial.
c. Requerir firma legalizada de representante legal para ciertos procedimientos.
d. Solicitar antecedentes penales para trámites relacionados con seguridad privada.

3. Para definir el mercado relevante desde el punto de vista del producto, la autoridad de competencia debe evaluar la posibilidad de sustitución por parte de los consumidores frente a una variación leve pero persistente del precio del bien en cuestión. ¿Cuál de los siguientes criterios refleja correctamente este enfoque técnico y jurídico aplicado al análisis de sustitución de productos? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. El número de productos registrados por el fabricante en INDECOPI.
b. La participación de las empresas en ferias comerciales o licitaciones públicas.
c. El grado de sustituibilidad por parte de los consumidores ante un cambio leve en los precios.
d. El uso de un mismo canal de distribución, como tiendas por departamento o plataformas digitales.

4. En un procedimiento de denuncia por barrera burocrática, las entidades públicas pueden justificar sus exigencias si estas se encuentran expresamente respaldadas en el marco normativo aplicable. Sin embargo, si no logran sustentar adecuadamente su legalidad, la barrera puede ser declarada ilegal. ¿Qué efecto produce esta declaración sobre la exigencia cuestionada? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. La exigencia es suspendida provisionalmente hasta su revisión judicial.
b. La exigencia pierde efectos desde su creación.
c. La exigencia es inaplicable solo si el administrado obtiene una medida cautelar.
d. La exigencia queda sin efecto y no puede ser exigida a ningún administrado.

5. El criterio de razonabilidad exige que las barreras burocráticas impuestas por las entidades administrativas no sean excesivas, desproporcionadas ni arbitrarias en relación con el fin público que persiguen. Si una municipalidad distrital exige como condición para otorgar una licencia de funcionamiento la contratación obligatoria de un servicio de recolección de residuos sólidos con una empresa específica del distrito. ¿Cuál es la calificación jurídica más adecuada para dicha exigencia bajo el régimen vigente? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. Es válida porque promueve servicios públicos municipales.
b. Es razonable si garantiza limpieza pública en la jurisdicción.
c. Constituye una barrera burocrática irrazonable por imponer una contratación sin alternativa, afectando la libertad de empresa.
d. Es inconstitucional, pero debe validarse mediante proceso judicial.

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6. Las licencias de uso de una marca permiten que terceros autorizados exploten comercialmente el signo registrado sin transferir la titularidad del derecho. En este sentido, ¿cuál es una consecuencia legal relevante derivada del registro de un contrato de licencia ante la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. La marca pasa a ser propiedad del licenciatario mientras dure el contrato.
b. Se extinguen los derechos exclusivos del titular original.
c. El licenciante conserva la titularidad, pero el licenciatario puede hacer valer la licencia frente a terceros.
d. La marca se convierte en un signo colectivo sujeto a supervisión estatal.

7. El régimen jurídico de las barreras burocráticas permite que los pronunciamientos de INDECOPI generen efectos vinculantes para las entidades públicas cuando declaran la ilegalidad de una exigencia con efectos generales. ¿Cuál de las siguientes consecuencias se genera cuando una Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas emite un pronunciamiento de ilegalidad con efectos erga omnes? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. La entidad puede seguir aplicando la barrera si no está de acuerdo con la resolución.
b. El pronunciamiento se limita únicamente al denunciante original.
c. La barrera queda eliminada con carácter general y no puede volver a ser exigida.
d. La barrera debe ser sometida a consulta popular para su modificación.

8. Los signos que reproducen emblemas, banderas o escudos oficiales de Estados no pueden ser registrados como marcas por particulares, aun cuando se utilicen con fines comerciales inocuos. ¿Cuál es el fundamento jurídico que impide dicho registro, según lo previsto en la Decisión 486, Comunidad Andina de Naciones y los principios generales del derecho marcario? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. El uso del signo oficial otorga mayor fuerza distintiva a la marca.
b. La autoridad puede conceder el registro si el signo es estilizado o en color diferente.
c. Se trata de signos cuya protección es de interés público y que no pueden ser apropiados privadamente.
d. La prohibición solo aplica cuando se trate de escudos nacionales en uso electoral.

9. De acuerdo con la normativa sobre patentes, no se consideran invenciones las teorías científicas, los descubrimientos naturales ni los métodos matemáticos, incluso si son originales o útiles. En ese sentido, ¿cuál es el criterio legal que impide que estos elementos accedan a la protección de patentes, aun cuando puedan estar ligados a productos de gran impacto tecnológico? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. Que no cumplan con el requisito de novedad.
b. Que su titularidad corresponda exclusivamente al Estado.
c. Que carecen de aplicación industrial según la definición legal de invención.
d. Que han sido divulgados en más de un país.

10. El INDECOPI, mediante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, evalúa la legalidad y razonabilidad de disposiciones y actos administrativos que imponen condiciones al acceso o ejercicio de derechos económicos. En este contexto, ¿qué tipo de pronunciamiento emite la Comisión cuando detecta una barrera ilegal cuya eliminación beneficia a todos los agentes económicos y administrados afectados, real o potencialmente, por una barrera burocrática? (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P14)

a. Una declaración de inaplicabilidad con efectos individuales
b. Un informe legal no vinculante.
c. Una declaración de ilegalidad con efectos generales y vinculantes.
d. Una recomendación técnica sin efectos jurídicos.


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