En una entrevista concedida hace pocos minutos a la periodista Sol Carreño, para el programa Cuarto Poder, el flamante vicepresidente del Tribunal Constitucional, Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, se pronunció respecto a la reciente resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso El Frontón.
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Hace pocos días la Corte IDH, por mayoría de votos, requirió al Estado peruano el archivamiento del procedimiento de acusación constitucional que el Congreso sigue en contra de los magistrados del TC, a raíz de la denuncia interpuesta por un grupo de exmarinos.
La primera pregunta que le hizo la periodista fue por qué el Perú tiene que aceptar los fallos del tribunal supranacional, siendo nuestro país, como algunos sostienen, «soberano». El magistrado dijo que fue el Estado peruano, en ejercicio pleno de su soberanía, quien decidió someterse a la autoridad de la Corte para que resuelva determinado tipo de conflictos:
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«La idea de la soberanía es que, para resolver los problemas, hay una respuesta que la toma un Estado. Una de esas respuestas ha sido que cuando hay cierto tipo de conflictos entonces nos ceñimos a lo planteado por los tratados que hemos suscrito como país, pautas que dicen cómo hay que entender las cosas, y entre ellas los derechos. Y el cumplimiento de estos tratados tiene tribunales que interpretan cómo se resuelven los conflictos bajo esos tratados».
En ese sentido hizo una comparación con lo que sucede en un contrato entre privados. Cuando dos personas celebran un contrato fijan reglas de juego, pero también establecen quién tendrá competencia para resolver los conflictos que se produzcan ante el incumplimiento de las reglas de ese acuerdo. Así, pues, dijo que uno no puede desconocer los resuelto por la autoridad a la que voluntariamente decidió someterse.
Agotamiento
Luego la entrevistadora preguntó al magistrado cómo es que la Corte resolvió a favor de los magistrados si estos no habían agotado todos los recursos antes de dar el salto a la instancia internacional, y más cuando los magistrados no fueron sancionados aún por el Congreso.
El doctor Espinosa-Saldaña refirió que ese agotamiento no es aplicable a este caso porque, entre otras razones, no se trata de un caso nuevo, sino de un caso ya resuelto por la Corte IDH:
«La idea del agotamiento de las vías previas juega como un criterio para llegar a la Corte como caso. Y aquí no estamos ante un caso nuevo. Estamos en lo que llamamos los abogados, la ejecución de una sentencia. El caso es el caso El Frontón, el caso Durand y Ugarte, que son dos personas que murieron en El Frontón. Llevan sus familiares el caso ante la Corte y el año 2000 la corte resuelve que se determine a los responsables de los sucesos del El Frontón, tanto los materiales como los que tomaron la decisión».
Añadió que en cumplimiento de la decisión de la Corte IDH en el caso Durand y Ugarte, el Estado peruano inició un proceso judicial para sancionar a los responsables. Y la discusión respecto de qué es lo que podía investigarse fue llevada al Tribunal Constitucional, cuyos miembros, al corregir una sentencia de 2013, fueron investigado por el Congreso.
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Dijo también que esta resolución de la Corte IDH no solo garantiza la independencia de los magistrados del TC, sino también la de los magistrados del Poder Judicial que ven el caso:
«En este momento el Poder Judicial viene procesando para ver quiénes son los responsables, quiénes hicieron las ejecuciones extrajudiciales en El Frontón. Entonces, si los magistrados del TC que están determinando cuántos pueden entrar en la investigación son sacados de su cargo, y tú eres la jueza que esta viendo eso, ¿vas a poder resolver con con tranquilidad?»
11 Feb de 2018 @ 22:12

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